González, Gabriel Mariano c/Empresa Grande S.A. s/Daños y perjuicios
Reclamación por indemnización por incapacidad laboral fundada en derecho común contra empleador y ART. La Corte hace lugar parcialmente al recurso extraordinario: confirma la inconstitucionalidad de los arts. 8, 21, 22 y 46 de la ley 24.557 y revoca por prematura o inoficiosa la declaración de inconstitucionalidad de otros preceptos (arts. 6, 12, 14, 15, 39 y 49 -cláusula 1ª-; arts. 1, 2, 40 y 49 -cláusulas 3ª y 5ª-).
¿Quién es el actor?
González, Gabriel Mariano
¿A quién se demanda?
Empresa Monte Grande S.A. (con intervención de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo en la contestación y en las consideraciones procesales)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de indemnización por incapacidad con sustento en el derecho común (reclamación extra‑sistémica frente a responsabilidad del empleador).
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Por mayoría confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 8, 21, 22 y 46 de la ley 24.557; y revocó la sentencia de grado en cuanto declaró inconstitucionales, por prematuras o inoficiosas, los arts. 6, 12, 14, 15, 39 y 49 (cláusula adicional 1ª) y los arts. 1, 2, 40 y 49 (cláusulas adicionales 3ª y 5ª). Remitió las actuaciones al tribunal de origen para que prosiga el trámite según su estado. Imponiéndose las costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Conforme quedó establecido en dichas causas, para que prospere un reclamo por infortunio laboral con arreglo al régimen del derecho civil es necesario transitar todo el proceso para, recién al momento de dictarse la sentencia de mérito, llevar a cabo el control de constitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557. De tal suerte, deviene inexorable el tratamiento, como cuestión previa, del planteo de inconstitucionalidad de aquellas normas del régimen especial que -tal y como se desprende de sus arts. 21, 22 y 46- excluyen a la jurisdicción local para entender en estos procesos."
"En tal sentido, y sin perjuicio de remitirme -por razón de brevedad- a los términos y fundamentos que expuse al votar en dicha causa, integrando la mayoría, debo señalar que en la misma quedó establecido, como doctrina legal de este Tribunal fincada -en lo sustancial- en una adecuada interpretación de los principios y conclusiones establecidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... que la declaración de inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 pronunciada en la instancia de grado como cuestión previa, constituye un predicamento en abstracto."
"Por lo expuesto, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, confirmar la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 8, 21, 22 y 46 de la ley 24.557 y revocar la resolución de grado en cuanto declaró la inconstitucionalidad de los arts. 6, 12, 14, 15, 39 y 49 -cláusula adicional primera- del referido cuerpo legal, por resultar prematura, y la de los arts. 1, 2, 40 y 49 -cláusulas adicionales 3ra. y 5ta.-, siempre de la misma ley, por inoficiosa. Los autos deberán volver al tribunal de origen para que disponga la prosecución de las actuaciones según su estado."
Observaciones sobre votos y mayoría:
La decisión mayoritaria confirma la invalidez constitucional de las normas procesales y de competencia (arts. 8, 21, 22 y 46) por cercenar la jurisdicción local; en cambio la Corte considera prematura o inoficiosa la apreciación en abstracto de la constitucionalidad de otros artículos (entre ellos art. 39), por requerir la tramitación completa del proceso y la comprobación fáctica sobre la suficiencia de las prestaciones del régimen especial para efectuar el cotejo con el derecho común. Los votos de los jueces de Lázzari, Roncoroni, Soria, Hitters y Genoud adhieren a la propuesta mayoritaria de la Dra. Kogan, con matices expuestos en los distintos votos sobre la extensión y utilidad del control.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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