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Tribunal Superior

NUNES JOSÉ ALBERTO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RESOLUCIÓN COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057.

El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057) contra La Segunda ART. La Suprema Corte declaró inconstitucional, en el caso, el DNU 669/2019, hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia que aplicó dicho DNU, ordenando remitir las actuaciones al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-136937
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Ley 15.057 Revision comision medica jurisdiccional Reformatio in pejus La segunda art Costas Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

Nunes José Alberto.

¿A quién se demanda?

La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la ley 15.057; impugnación del criterio que aplicó las prescripciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional en el caso el DNU 669/2019 en cuanto fue aplicado por la instancia anterior, revocó la sentencia impugnada en ese punto y remitió los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y resguardando el principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Asimismo impuso las costas de esta instancia por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (L. 128.977, 'Chocobar', sent. de 13-III-2026; L. 127.690, 'Ovejero', sent. de 26-V-2026 y L. 130.546, 'Paszkiewich', sent. de 23-VI-2026; entre muchos otros), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.); resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."

Bloque dispositivo final (decisión de mayoría): "Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."

Sobre la votación: los Dres. Torres, Kogan y Kohan sostuvieron el pronunciamiento; el Dr. Soria acompañó lo resuelto por sus colegas dejando expresada su opinión en la causa Ovejero, por lo que la decisión resultó adoptada por mayoría.

Disposición sobre costas y notificaciones: "Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y al modo en que se resuelve (arts. 68 segundo párrafo y 289, CPCC). Regístrese, notifíquese de oficio y por medios electrónicos ... y devuélvase por la vía que corresponda."

Normas que cita

Fallos que cita

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