LEIVA JESÚS DAVID C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DELTRABAJO S.A. S/ ACCIÓN DE REVISIÓN RES. COMISIÓN MÉDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057.
Acción de revisión de resolución de Comisión Médica jurisdiccional contra la ART por contingencia laboral. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional la aplicación del DNU 669/2019 en el caso y revocó la sentencia recurrida para que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Leiva Jesús David.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de resolución de Comisión Médica jurisdiccional en el marco de la ley 15.057 (acción de revisión).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019, declarando la inconstitucionalidad de su aplicación en el caso; remitió los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte un nuevo pronunciamiento. Las costas de esta instancia se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en la causa L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y su progenie (L. 128.977, 'Chocobar', sent. de 13-III-2026; L. 127.690, 'Ovejero', sent. de 26-V-2026 y L. 130.546, 'Paszkiewich', sent. de 23-VI-2026; entre muchos otros), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"Por ello, la Suprema Corte de Justicia
RESUELVE:
Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."
¿Cómo votaron los jueces?
El fallo se tomó por mayoría. Los jueces Torres, Kogan y Kohan firmaron el acuerdo, y el juez Soria acompañó lo resuelto por sus colegas, remitiéndose a lo dispuesto en el art. 31 bis (señalándose la adhesión del Dr. Soria aunque dejando expresa su opinión anterior en L. 128.977). El bloque dispositivo final es el que manda: la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/2019 en el caso y la revocación parcial de la sentencia recurrida.
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Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- Ley 15.057 de Buenos Aires
Fallos que cita
- MuzychukSCBA · 14/07/2025
- ChocobarSCBA · 13/03/2026
- OvejeroSCBA · 26/05/2026
- PaszkiewichSCBA · 23/06/2026
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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