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Tribunal Superior

GORGONE, LEONARDO JAVIER S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 127.446 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SALA II

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley planteado por condenado por homicidio en ocasión de robo. La Suprema Corte rechazó el recurso y confirmó la valoración de la nocturnidad como agravante y el descarte de la atenuante por ausencia de antecedentes, por no advertir arbitrariedad ni violación de garantías.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-141372
Homicidio en ocasion de robo Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Nocturnidad Atenuantes Antecedentes Dosimetria penal Tribunal de casacion Suprema corte de la provincia de buenos aires Rechazo Costas

¿Quién es el actor?

Leonardo Javier Gorgone, por intermedio de su defensor oficial adjunto Dr. Ignacio Juan Domingo Nolfi.

¿A quién se demanda?

Estado provincial / Ministerio Público (parte acusadora y órganos revisores).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la resolución de la Sala II del Tribunal de Casación Penal que rechazó la casación; se impugna la ponderación de agravantes (nocturnidad, pluralidad de intervinientes), el descarte de la atenuante "inexistencia de condenas anteriores" / "buen concepto" y la proporcionalidad de la pena de 18 años.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario, con costas, por considerar que la Sala de Casación ejerció correctamente su función revisora, que no existe arbitrariedad ni violación de garantias en la ponderación de la nocturnidad ni en el rechazo de la atenuante por falta de antecedentes, y que los agravantes y la dosimetría quedaron dentro de los márgenes legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En realidad, bajo la denuncia de una revisión aparente (conf. arts. 8.2.h, CADH y 14.5, PIDCP), el impugnante se limitó a insistir con las pretensiones planteadas por la parte y a dar una particular opinión discrepante que no alcanza para evidenciar la arbitrariedad ni la afectación de las garantías constitucionales invocadas (conf. causas P. 131.323, sent. de 14-VIII-2019; P. 131.481, sent. de 14-X-2020; P. 133.122, sent. de 3-VIII-2021; P. 135.202, sent. de 8-VIII-2023; P. 137.366, sent. de 21-II-2025; e.o.; art. 495, CPP)."

"La parte insiste en que el revisor convalidó la pauta aumentativa sin expresar fundamentos sobre el modo en que Gorgone habría aprovechado las horas nocturnas para cometer los ilícitos. Sin embargo, no añade desarrollos argumentales que, controvirtiendo los fundamentos del fallo, permitan evidenciar que en el marco de las puntuales circunstancias comprobadas de la causa —que ya fueran destacadas—, dicha pauta severizante hubiera sido erróneamente aplicada. Media, pues, insuficiencia (conf. doctr. causa P. 110.231, sent. de 22-VIII-2012; P. 132.476, sent. de 3-VI-2020; P. 134.393, sent. de 16-III-2023; e.o.)."

"El reclamo vinculado con la falta de ponderación del 'buen concepto' como pauta atenuante de la sanción, tal como lo resaltó la Procuración, no fue llevado ante el órgano intermedio, por lo que no tuvo oportunidad de expedirse al respecto, y entonces la denuncia de tránsito aparente por la instancia revisora queda sin fundamento. Dicho de otra manera, la Casación no podía revisar algo que no se llevó a su conocimiento (conf. mi voto en causa P. 135.979, sent. de 21-XI-2023)."

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto a favor de Leonardo Javier Gorgone, con costas (art. 495 y concs., CPP)."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto por la negativa del Dr. Torres, seguido por las Dras. y Dres. Kogan, Soria y Kohan; acuerdo unánime por la negativa.

Normas que cita

  • Código Penalarts. 40, 41, 26 · Codigo penal
  • Constitución Nacionalart. 8.2.h · Constitucion nacional
  • Tratado Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticosart. 14.5
  • Código Procesal Penal (Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)arts. 106, 451, 495
  • Acordada Acuerdo (Provincia De Buenos Aires)art. 4
  • Acordada Resolución Presidencia (Provincia De Buenos Aires)art. 1
  • Acordada Resolución SCBA (Provincia De Buenos Aires)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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