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Tribunal Superior

AYALA BENÍTEZ CEVERIANO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. solicitando prestaciones dinerarias derivadas del siniestro del 5/3/2018. La Suprema Corte declaró la inconstitucionalidad, en el caso, de la aplicación del DNU 669/2019, revocó la sentencia de grado en ese punto y remitió las actuaciones para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-134293
Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Dnu 669/2019 Accidente de trabajo Prestaciones dinerarias Ley 27.348 Art. 31 bis ley 5827 Actualizacion de ingreso Reformatio in pejus Remision para nuevo pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Ceveriano Ayala Benítez.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pago de prestaciones dinerarias previstas en el régimen de riesgos del trabajo por el accidente ocurrido el 5 de marzo de 2018; actualización del ingreso base mensual conforme normativa aplicable.

¿Qué se resolvió?

El recurso extraordinario prosperó parcialmente. Se rechazaron agravios referidos a la interpretación de la doctrina del Tribunal y a la vigencia de la Ley 27.348, y se hizo lugar al planteo relativo a la aplicación del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya aplicación en el caso se declaró inconstitucional. En consecuencia, se revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del DNU 669/2019 y se remitieron los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III.2. Luego, respecto de la entrada en vigor de la ley 27.348, este Tribunal ha señalado que la ley citada fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 24 de febrero de 2017 y entró en vigencia a partir del 5 de marzo del 2017 (cfr. art. 5, Código Civil y Comercial de la Nación; causas L. 127.792, 'Corbalán', sent. de 10-IV-2023 y L. 130.062, 'Saborido', sent. de 20-XI-2024), de modo que la norma de referencia se encontraba en vigencia a la época del infortunio."

"III.3. Finalmente, los restantes agravios planteados por la recurrente hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025) y L. 127.690, 'Ovejero' (sent. de 26-V-2026), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"RESUELVE: Rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído con relación al agravio tratado en el punto III.1 por encontrarse insuficientemente fundado y el analizado en el punto III.2, en atención a que ha sido desestimado en casos sustancialmente análogos (art. 31 bis, ley 5827, y modif.); y declararlo procedente respecto del planteo desarrollado en el punto III.3. En consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Soria manifestó su adhesión al resultado y señaló: "Comparto lo resuelto por mis colegas que me preceden en la votación. Sólo he de aclarar que en aquello vinculado con el decreto 669/2019, suscribo la solución propuesta, a tenor de lo prescripto en el tercer párrafo del art. 31 bis de la ley 5.827 (y modif.), y dejando a salvo mi opinión expuesta en la causa L. 127.690, 'Ovejero' (sent. de 26-V-2026)."

Normas que cita

  • Ley 27.348Riesgos del trabajo
  • Decreto 669/2019
  • Resolución 1.039/2019 (Superintendencia de Seguros de la Nación)
  • Resolución 332/2023 (Superintendencia de Seguros de la Nación)
  • CCyCNart. 5 · Codigo civil y comercial de la nacion

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