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Tribunal Superior

Corbalán, Nadia Sabrina contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Accidente de trabajo - acción especial

La actora promovió acción especial por accidente de trabajo solicitando el pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14 apartado 2 inc. a de la ley 24.557. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y revocó la sentencia de grado en cuanto aplicó el art. 12 según las modificaciones de la ley 27.348, ordenando que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-127792
Accidente de trabajo Ley 24.557 Ley 27.348 Inaplicabilidad de ley Irretroactividad Ingreso base mensual Ripte Seguridad juridica Suprema corte provincia de buenos aires Remision a tribunal de origen.

¿Quién es el actor?

Nadia Sabrina Corbalán.

¿A quién se demanda?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo (accidente del 26/02/2017) y pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14 apartado 2 inc. "a" de la ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Fisco y revocó la sentencia del Tribunal de Trabajo n.º 4 en cuanto aplicó el art. 12 de la ley 24.557 según la redacción incorporada por la ley 27.348; remitió los autos al tribunal de origen para que, con distinta integración, dicte nuevo pronunciamiento. Costas de esta instancia por orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corbalán padeció un accidente de trabajo el día 26 de febrero de 2017... emerge sin cavilaciones que la fecha de la primera manifestación invalidante quedó identificada con la de la contingencia objeto del reclamo..."

"A tenor de las pautas relevadas asiste razón al agraviado cuando afirma que el tribunal de origen aplicó erróneamente la ley 27.348... Corresponde admitir el agravio traído y rescindir la sentencia de grado en cuanto estimó el ingreso base mensual y calculó las prestaciones debidas a la trabajadora con apoyo en la citada ley 27.348 (conf. arts. 5 y 7, Código Civil y Comercial de la Nación y 20, ley 27.348)."

"Por las razones dadas, corresponde hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y revocar la sentencia impugnada con el alcance establecido en el punto IV del voto emitido en primer término. En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que, con diferente integración, dicte nuevo pronunciamiento."

(Respecto de la entrada en vigencia de la ley y su alcance temporal:)

"La ley 27.348 fue publicada... con fecha 24 de febrero de 2017 y entró en vigencia a partir del 5 de marzo del 2017... El art. 20 de la ley 27.348 establece que 'La modificación prevista al artículo 12 de la ley 24.557 y sus modificatorias, se aplicará a las contingencias cuya primer(a) manifestación invalidante resulte posterior a la entrada en vigencia de la presente ley'."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto de Genoud expone los fundamentos y los restantes jueces (Kogan, Soria y Torres) votaron afirmativamente adhiriendo a los mismos fundamentos. Bloque dispositivo final confirma la revocación ordenada.

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