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Tribunal Superior

DEREDITA AGUSTÍN ALEJANDRO C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE.

Demanda por accidente in itinere contra una ART reclamando reparación. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia que aplicó el DNU 669/19 y declaró la inconstitucionalidad de sus prescripciones en el caso, remitindo autos para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-132389
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Dnu 669/19 Inconstitucionalidad Accidente in?itinere Responsabilidad de la art Reformatio in pejus Remision Costas Suprema corte (provincia de buenos aires).

¿Quién es el actor?

Deredita Agustín Alejandro.

¿A quién se demanda?

Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente in‑itinere (acción contra la ART por accidente de trabajo en traslado).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia apelada en cuanto aplicó las prescripciones del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19 y declaró la inconstitucionalidad de dichas prescripciones en el caso; ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y respetando el principio que veta la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas de esta instancia se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios dirigidos a impugnar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/19, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/19, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."

En adhesión mayoritaria, el Juez Soria declaró: "A tenor de lo prescripto en el tercer párrafo del art. 31 bis de la ley 5.827 (y modif.), y dejando a salvo mi opinión expuesta en la causa L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026), acompaño lo resuelto por mis colegas que me preceden en la votación."

Normas que cita

  • Decreto 669/19
  • Ley 5.827 (Pba)art. 31 bis
  • CPCC (Pba)arts. 68, 289

Fallos que cita

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