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Tribunal Superior

Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/El Ultimo Querandí S.R.L. s/Apremio. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal por impuesto automotor contra El Último Querandí S.R.L. La Suprema Corte declaró mal concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley planteado por el Fisco, al entender que la resolución de la Cámara en apremio no revestía carácter definitivo y no se había acreditado tal definitividad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
A-71326
Recurso extraordinario de inaplicabilidad Ejecucion fiscal Impuesto automotor Legitimacion pasiva Juicio de apremio Definitividad de la resolucion Ley 12.914 (caducidad de plan de pagos) Camara de apelacion mar del plata Costas al recurrente Suprema corte de justicia de la provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

El Último Querandí S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por impuesto automotor contenida en el título ejecutivo nº 249.438 (caducidad de plan de pagos - Ley 12.914 Cap. I).

¿Qué se resolvió?

Se declaró mal concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Fisco y, por ende, se rechazó su admisión; costas al recurrente vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De manera constante esta Suprema Corte ha resuelto que, los pronunciamientos recaídos en un juicio de apremio no revisten, en principio, carácter definitivo en el concepto del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. doct. Ac. 79.985, resol. del 29 XI-2000; Ac. 92.005, resol. del 6-X-2004; Ac. 93.169, resol. del 10-XI-2004; Ac. 97.898, resol. del 18-VII-2007)."

"En el caso, en el que la Cámara rechazó la ejecución promovida únicamente en relación a la deuda consignada en el título ejecutivo 249.438 al juzgar, con los elementos existentes en el proceso, que la ejecutada carecía de legitimación pasiva ... no se observan motivos que permitan apartarse de dicha regla. Esto así, pues nada se resolvió en el pronunciamiento en embate respecto de la causa de la obligación, sino sólo sobre los requisitos constitutivos del título, quedando habilitado el Fisco para perseguir el cobro de las sumas debidas, aún por la vía del proceso de apremio ... En suma, el recurrente ha incumplido la carga de demostrar, a los fines de la admisibilidad del remedio intentado, que el pronunciamiento atacado es susceptible de ser equiparado a sentencia definitiva."

¿Cómo votaron los jueces?

"Toda vez que la decisión del a quo no altera la posibilidad del Fisco de perseguir el cobro de las sumas debidas, aún por vía del proceso de apremio, circunstancia ante la cual las genéricas manifestaciones del recurrente acerca de la definitividad del pronunciamiento pierden toda entidad, adhiero en lo sustancial al voto del doctor Genoud."

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