FERNÁNDEZ RENE ALBERTO C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE IN-ITINERE.
Recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la aplicación del plazo de caducidad del art. 2 inc. j de la ley 15.057 en una acción de revisión por accidente in-itinere. La Suprema Corte hizo lugar al recurso, declaró la inconstitucionalidad del plazo en el caso concreto y remitió los autos al tribunal de origen; declaró abstracto el recurso de inaplicabilidad de ley.
¿Quién es el actor?
Fernández Rene Alberto.
¿A quién se demanda?
Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Juicio por accidente in-itinere y revisión de cobertura/decisión administrativa; la causa en origen vio la excepción de cosa juzgada y decretó la caducidad de la acción de revisión (resol. 30-X-2024).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad, revocó la sentencia apelada en cuanto sostuvo aplicable el plazo de caducidad del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 y declaró su inconstitucionalidad en el caso; remitió las actuaciones al tribunal de origen para que prosiga. Además, declaró abstracto el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto. Las costas de la instancia se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes del fallo (texto original):
"I. Hacer lugar, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, al recurso extraordinario de inconstitucionalidad traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057, cuya inconstitucionalidad, en el caso, se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado.
Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 303, CPCC).
II. Declarar abstracto el tratamiento del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto."
Asimismo, el tribunal remite sus consideraciones a las conclusiones y fundamentos de la causa L. 131.700, "Magliano" (sent. de 19-IX-2025): "los agravios allí planteados hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 131.700, 'Magliano' (sent. de 19-IX-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
No se registran votos en minoría relevantes en el bloque dispositivo final; la decisión mayoritaria consta en el dispositivo transcripto.
Fechas relevantes: pronunciamiento en origen 30-X-2024; presentación de recursos 13-XI-2024; concesión por el a quo 18-XI-2025; dictamen del Procurador General 1-IV-2025; remisión a "Magliano" sentencia 19-IX-2025; registro en Suprema Corte 02/12/2025.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 2 inc. "j"
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 303
Fallos que cita
- MaglianoSCBA · 19/09/2025
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