Nervi, Romina Andrea c/Gana, Liliana Beatriz s/Despido
La actora reclamó indemnizaciones por despido, salarios y sanciones por retención de aportes. La Suprema Corte revocó parcialmente la sentencia de origen: declaró procedentes indemnizaciones por despido (arts. 232 y 245 LCT), la indemnización del art. 15 Ley 24.013, art. 2 Ley 25.323, el agravante de la Ley 25.561 (por aplicación del decreto 2014/2004 en la mayoría), la sanción del art. 132 bis LCT y el salario íntegro de febrero de 2005, ordenando liquidación.
¿Quién es el actor?
Romina Andrea Nervi.
¿A quién se demanda?
Liliana Beatriz Gana.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones por despido (arts. 232 y 245 LCT), salario íntegro de febrero de 2005, sanción conminatoria art. 132 bis LCT, multas y otros rubros vinculados (arts. 15 Ley 24.013; arts. 1 y 2 Ley 25.323; art. 16 Ley 25.561), entre otros.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de nulidad; se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en parte y se revocó la sentencia de grado en cuanto rechazó las indemnizaciones y rubros señalados (arts. 232 y 245 LCT; art. 15 Ley 24.013; art. 2 Ley 25.323; art. 16 Ley 25.561 —con la salvedad mayoritaria sobre cuantificación—; art. 132 bis LCT; y el salario íntegro de febrero de 2005). Los autos vuelven a origen para liquidación. Costas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso traído y revocar la sentencia atacada en cuanto rechazó las indemnizaciones establecidas en los arts. 232 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, 15 de la ley 24.013, 2 de la ley 25.323 y 16 de la ley 25.561, así como la sanción conminatoria mensual prevista en el art. 132 bis de la Ley de Contrato de Trabajo y el salario íntegro del mes de febrero de 2005, reclamos cuya procedencia se declara."
"Si bien es cierto que en la especie se ha verificado el primero de los presupuestos mencionados ... (constitución en mora frente a la falta de prestación de servicios ...), no lo es menos que -por el contrario y a diferencia de lo que erróneamente entendió el empleador- no se cumplió en autos el segundo de los requisitos imprescindibles para que pueda considerarse configurado el abandono de trabajo, habida cuenta que -lejos de haber guardado silencio frente a la intimación y omitido justificar su conducta- la accionante esgrimió expresamente, mediante el telegrama de fs. 106, los motivos que, a su entender, justificaban sus ausencias."
"De la informativa emanada de la 'Obra Social del Personal de la Actividad Cervecera y Afines' (fs. 171/174) ... se desprende que la accionada 'debe aportes por el período comprendido entre julio de 2002 a marzo 2005'. ... se han verificado en el caso los presupuestos para la procedencia de la sanción conminatoria contemplada en la norma de marras, desde que, al momento de la extinción del vínculo ... el empleador no había depositado ante el organismo pertinente los aportes que había detraído del salario de la actora en su carácter de agente de retención."
¿Cómo votaron los jueces?
La mayoría (Kogan, Soria, Negri, De Lázzari y Hitters) resolvió por la afirmativa la procedencia parcial del recurso de inaplicabilidad de ley y por la negativa el recurso de nulidad; en la afirmativa, la mayoría limitó la cuantificación del agravante de la Ley 25.561, si bien Soria emitió salvedades sobre la extensión del decreto 2014/2004 aplicable a los rubros indemnizatorios.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
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