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Tribunal Superior

GUERRERO MARCELA ROSANA C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES- MINISTERIO DE SALUD S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.

La actora promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando prestaciones dinerarias y adicionales por secuelas incapacitantes. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario, declaró inconstitucional en el caso la aplicación del DNU 669/2019 y revocó la sentencia que había aplicado sus prescripciones, remitiendo la causa al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento integrado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-132814
Dnu 669/2019 Inconstitucionalidad Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Accidente de trabajo Ley 24.557 art. 14 Ley 26.773 art. 3 Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires) Remitir a origen Costas por su orden Precedentes muzychuk (l.129.800)

¿Quién es el actor?

Marcela Rosana Guerrero promovió la acción especial por accidente de trabajo.

¿A quién se demanda?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires - Ministerio de Salud.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de prestaciones dinerarias prevista en el art. 14 apartado 2 inc. "a" de la ley 24.557 y el adicional del art. 3 de la ley 26.773 por secuelas incapacitantes derivadas de accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte de Justicia hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Fiscalía de Estado, revocó la sentencia de grado en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019 y declaró la inconstitucionalidad de dicho DNU en el caso; remitió los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas de la instancia se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III. El recurso prospera.

Sin dejar de destacar que, en el caso, el valor de lo cuestionado no supera el monto mínimo para recurrir (art. 278, CPCC; art.1, ley 14.141), el cuestionamiento dirigido a controvertir la decisión del tribunal de grado que rechazó el planteo de inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 669/2019 halla adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 129.800, 'Muzychuk', (sent. de 14-VII-2025); a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.).

Por ello, la Suprema Corte de Justicia

RESUELVE:

Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento.

Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)."

Observaciones procesales y citas relevadas: se alude expresamente a la sentencia "Muzychuk" (L. 129.800, 14-VII-2025) como fundamento y se reconoce que, pese a no superarse el monto mínimo para recurrir, procede el recurso por la cuestión constitucional planteada. Se impusieron las costas por su orden atendiendo la novedad y dificultades interpretativas.

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