BENÍTEZ EZEQUIEL EMILIANO C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.
Acción especial por accidente de trabajo contra la aseguradora demandada para discutir responsabilidad en el marco del régimen de riesgos del trabajo. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario, revocó la decisión de grado que había rechazado la excepción de cosa juzgada administrativa y declaró operada la cosa juzgada administrativa.
¿Quién es el actor?
Benítez Ezequiel Emiliano.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción especial por accidente de trabajo (reclamo en sede judicial por hecho laboral/seguro de riesgos del trabajo).
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada, revocó el pronunciamiento de grado en cuanto rechazó -por mayoría- la excepción de cosa juzgada administrativa, y declaró operada la cosa juzgada administrativa en el caso. Asimismo, ordenó reintegrar el depósito efectuado en los términos del art. 280 CPCC, e impuso las costas de esta instancia por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la parte demandada hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir las causas L. 128.348, 'Lescano' (sent. de 27-II-2024) y L. 128.309, 'Pardal' (sent. de 6-III-2024), en lo vinculado a los extremos que conducen a tener por configurada la cosa juzgada administrativa en el marco del régimen de riesgos del trabajo (arts. 2 y 14, ley 27.348, su Anexo I y resol. 298/17 de la SRT -en lo pertinente-; arts. 2 inc. 'j' y 103, ley 15.057), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado en cuanto rechazó -por mayoría- la excepción de cosa juzgada administrativa, la que se declara operada en el caso."
Disposiciones procesales relevantes citadas en la decisión: arts. 68, seg. párr. y 289 CPCC (costas); arts. 280 y 293 CPCC y art. 63 ley 11.653 (reintegro del depósito); referencias a ley 27.348 y resol. 298/17 SRT; arts. 2 inc. "j" y 103, ley 15.057.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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