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Tribunal Superior

PIÑERO GERARDO GUSTAVO C/ LOGINTER S.A. S/ DIFERENCIA INDEMNIZACIÓN.

El actor reclamó diferencias indemnizatorias por despido contra Loginter S.A. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y revocó la parte de la sentencia de grado relativa al cálculo de la indemnización por antigüedad, remitiendo autos para una nueva liquidación conforme a la doctrina vigente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-130738
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Despido Indemnizacion por antiguedad Tope 33% Vizzoti Bravo elizondo Remision para nueva liquidacion Ley 11.653 Costas a la vencida.

¿Quién es el actor?

Gerardo Gustavo Piñero.

¿A quién se demanda?

Loginter S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de diferencias indemnizatorias derivadas del despido.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por Loginter S.A., revocó el fragmento de la sentencia de grado relativo al cálculo de la indemnización por antigüedad (que había calculado "sin límite alguno") y remitió los autos al tribunal de origen para que practique nueva liquidación conforme a lo resuelto por esta Corte, imponiendo costas a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tal caso, la indemnización por antigüedad deberá calcularse con arreglo al importe de dicha remuneración, reducido en aquel porcentaje (causas L. 98.450, 'Cabello', sent. de 14-III-2012; L. 99.621, 'Kieczur', sent. de 16-V-2012; L. 105.151, 'Navasal', sent. de 24-VI-2015; L. 121.824, 'Silveyra', resol. de 12-IX-2018 y L. L. 127.234, 'Raimo', resol. de 7-III-2022).

A tenor de lo dicho, corresponde casar el pronunciamiento de grado en cuanto arribó a una estimación de la indemnización por antigüedad 'sin límite alguno', apartándose del parámetro porcentual anteriormente citado."

"Por ello, la Suprema Corte de Justicia RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído atento que el agravio en él introducido ha sido admitido en otros casos sustancialmente análogos, revocándose el fragmento de la sentencia de grado en lo concerniente al cálculo de la indemnización derivada del despido. En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que practique una nueva liquidación con arreglo a lo que aquí se ha resuelto, con costas a la vencida (arts. 31 bis, ley 5.827, y modif. y 289, CPCC)."

Observaciones procesales relevantes: El recurso fue concedido en el marco de la excepción del art. 55, primer párrafo in fine, de la ley 11.653 por no exceder el monto mínimo del art. 278 CPCC; la Corte aplicó la doctrina integrada por el precedente "Vizzoti" (CSJN) y la propia línea jurisprudencial de la Corte provincial (p. ej. "Bravo Elizondo").

Leyes que cita

  • Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires

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