Correa, Lidia Ana contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. y otro/a. Accidente de trabajo - acción especial.
La actora reclamó reparación integral por enfermedad profesional (disfonía funcional) y diferencias frente a la cobertura de la ART. La Corte, por mayoría, declaró constitucional la exención del depósito previo para el Fisco provincial prevista por el art. 86 de la ley 14.552, concedió parcialmente el recurso y revocó la sentencia para nueva liquidación del quantum indemnizatorio y la correcta deducción de montos abonados por la ART.
¿Quién es el actor?
Lidia Ana Correa.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. y el Fisco provincial/ Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires (empleador).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación integral por daño derivado de enfermedad profesional (disfonía funcional irreversible) y que la indemnización prevista por la Ley de Riesgos del Trabajo resulte insuficiente; se impugna la operatoria de descuento de montos abonados por la ART.
¿Qué se resolvió?
La Corte, por mayoría, declaró válida la reforma del art. 56 de la ley 11.653 efectuada por art. 86 de la ley 14.552 en cuanto exime al Fisco provincial del depósito previo; concedió parcialmente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia impugnada en lo relativo a la cuantificación indemnizatoria y la deducción de lo abonado por la ART y ordenó que vuelva a la instancia de origen para nueva liquidación con diferente integración. Las costas de la instancia se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
¿Cómo votaron los jueces?
"En el citado precedente, esta Corte recordó que la carga pecuniaria establecida en el art. 56 de la ley 11.653 busca asegurar la posibilidad de hacer efectivo sin dilaciones el crédito del trabajador del que la sentencia recurrida constituye fuerte presunción favorable en cumplimiento del mandato constitucional dirigido a la protección del trabajador (arts. 14 bis, Const. nac.; 39, Const. prov.)."
"En consecuencia, se resolvió -por mayoría- declarar la validez constitucional de la reforma legislativa introducida por el art. 86 de la ley 14.552 en el segundo párrafo del art. 56 de la ley 11.653, en cuanto consagra la eximición del cumplimiento del depósito previo al Fisco provincial."
¿Cómo votaron los jueces?
"La reforma del art. 56 de la ley 11.653 introducida por el art. 86 de la ley 14.552, en cuanto exime al Fisco provincial de realizar el depósito previo ... es inconstitucional."
"Por ello, y en razón de todo lo demás expuesto, la reforma introducida por el artículo 86 de la ley 14.552 al artículo 56 de la ley 11.653 debe ser declarada inconstitucional en la medida que resulta violatoria de los artículos 14 bis y 16 de la Constitución nacional..."
Parte decisoria final:
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se declara la validez constitucional del art. 86 de la ley 14.552 en cuanto a la modificación que introdujo al art. 56 de la ley 11.653 y, por ende, bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído. En cuanto a su procedencia, se hace lugar parcialmente y se revoca la sentencia impugnada con los alcances establecidos en el punto III apartados 3.d y 4 del voto emitido en primer término respecto de la segunda cuestión. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, nuevamente integrado, obre de conformidad con lo aquí decidido."
Sobre la cuantificación indemnizatoria y errores detectados:
"Tal definición muestra una grave inconsistencia ... el tribunal de grado se apartó del propio monto al que había arribado inicialmente según la metodología implementada ... para luego determinar uno considerablemente mayor sin ningún argumento válidamente estructurado ... debe casarse este aspecto de la sentencia y disponer que el tribunal de trabajo, con diferente integración ... fije nuevamente el importe indemnizatorio ..."
"Cabe señalar que resulta acertada la denuncia referida a la incorrecta deducción del monto abonado por la aseguradora de riesgos del trabajo ... el tribunal de grado ... omitió deducir la cantidad de $ 30.132 ya abonada por la aseguradora de riesgos del trabajo ... La causa debe remitirse a la instancia de origen para que practique la nueva liquidación..."
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Leyes que cita
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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