Astudillo, Romina Gisela contra Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires y otro. Accidente de trabajo - acción especial.
La actora reclamó prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente parcial derivada de un accidente de trabajo contra la Provincia de Buenos Aires. La Corte, por mayoría, declaró válida la exención del depósito previo introducida por el art. 86 de la ley 14.552 (art. 56 ley 11.653) y, parcialmente, revocó la sentencia de grado respecto de la tasa de interés, ordenando nueva liquidación conforme a la pasiva más alta del Banco Provincia a 30 días.
¿Quién es el actor?
Romina Gisela Astudillo, agente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires (autoasegurada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de la prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial derivada de accidente de trabajo, con más intereses y sin tope indemnizatorio.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Suprema Corte declaró válida la reforma del artículo 56 de la ley 11.653 introducida por el art. 86 de la ley 14.552 (eximición del depósito previo al Fisco provincial), concedió el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley; además, hizo lugar parcialmente al recurso y declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.399 respecto de la tasa de interés, revocando la sentencia de grado en cuanto a la tasa aplicable para el cálculo de intereses, y ordenó nueva liquidación conforme a la pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a 30 días, vigente en cada período.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Voto inicial (propone declarar validez de la reforma):
"Por lo expuesto, propongo al Acuerdo declarar la validez constitucional de la reforma introducida por el art. 86 de la ley 14.552 al segundo párrafo del art. 56 de la ley 11.653, en cuanto consagra la eximición del cumplimiento del depósito previo al Fisco provincial y, en consecuencia, bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido.
Voto por la afirmativa."
2) Hechos relevantes sobre el reclamo (resumen del hecho y condena de grado):
"El tribunal de origen tuvo por acreditado que el día 4 de octubre de 2007 Romina Gisela Astudillo -agente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires- sufrió un accidente de trabajo... que la incapacita -incluidos los factores de ponderación- en un 55,43% del índice de la total obrera (v. vered., fs. 418 vta./419).
... hizo lugar a la demanda en procura del pago de la prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial, y condenó a la Provincia de Buenos Aires -autoasegurada en los términos y alcances del decreto 3858/07- a abonar a la promotora del pleito el importe que específicamente determinó por tal concepto (v. sent., fs. 422/424)."
3) Parte dispositiva (acuerdo final de la Corte, mayoritario):
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se declara la validez constitucional del art. 86 de la ley 14.552 en cuanto a la modificación que introdujo al art. 56 de la ley 11.653 y, por ende, bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído. En cuanto a su procedencia, por mayoría, se hace lugar parcialmente, se declara la inconstitucionalidad de la ley 14.399 y se revoca la sentencia en lo relativo a la tasa que declaró aplicable para el cálculo de los intereses, los que deberán liquidarse con arreglo a la pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta (30) días, vigente al inicio de cada uno de los períodos comprendidos y, por aquellos días que no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo debe ser diario con igual tasa, desde la fecha de la exigibilidad del crédito hasta el día de su efectivo pago (arts. 622 y 623, Cód. Civ. de Vélez Sarsfield; 7 y 768, inc. "c", Cód. Civ. y Com. de la Nac.; 7 y 10, ley 23.928 y modif.).
Vuelvan los autos al tribunal de origen para que practique nueva liquidación de conformidad con lo aquí resuelto."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto del juez Pettigiani y los votos de Soria, de Lázzari y Kogan conformaron la mayoría que declaró válida la reforma del art. 56 (exención del depósito previo) y que hizo lugar parcialmente al recurso para declarar inconstitucional la ley 14.399 en lo relativo a la tasa de interés. El juez Negri votó en disidencia respecto de la validez de la reforma del art. 56 y propuso rechazar el recurso en lo principal; no obstante, hubo coincidencia en parte sobre otros puntos procesales en sus fundamentos.
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Leyes que cita
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 14.399 de Buenos AiresModifica el artículo 48 de la ley 11653, ley de procedimiento ante los tribunales laborales
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
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