JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Griveo S.A. contra Municipalidad de Campana. Materia a categorizar. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley

La actora solicitó medida cautelar para suspender la ejecución del art. 14 de la ordenanza 5.792/11 que prohíbe aplicaciones terrestres de agroquímicos en zonas de resguardo ambiental. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara, confirmando el levantamiento de la cautelar dispuesto por el juzgado de primera instancia por cambio de circunstancias y riesgo para derechos de incidencia colectiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
A-77604
Medida cautelar Agroquimicos / plaguicidas Ordenanza 5.792/11 Principio precautorio Ambiente y salud (derechos de incidencia colectiva) Recurso extraordinario de inaplicabilidad Abuso procesal / inactividad procesal Competencia y actuar oficioso juez ambiental (ley 25.675) Doctrina del absurdo Confirmacion de primera instancia / revocacion de camara Informacion cronologica relevante: medida cautelar originaria 28-09-2012 Levantamiento de oficio por juez de grado 27-09-2021 Sentencia de camara 30-11-2021 (que mantuvo cautelar y prorrogo 3 meses) Recurso extraordinario interpuesto 16-12-2021 Sentencia de la suprema corte (acuerdo y firma digital) 29-11-2023.

Quién demanda (Actor)

Griveo S.A. (presidido por Normando Rossiter según la demanda).

A quién se demanda (Demandado)

Municipalidad de Campana.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Se peticionó, a título cautelar, la suspensión de la ejecución del art. 14 de la ordenanza municipal 5.792/11 (prohibición de aplicar productos agroquímicos/plaguicidas en zonas de resguardo ambiental y distancias mínimas), respecto de las aplicaciones terrestres realizadas por la actora en un predio rural ubicado en el partido de Campana. La cautelar original fue otorgada el 28-IX-2012 y mantenida parcialmente hasta que el juzgado de grado la levantó de oficio el 27-IX-2021. La Cámara de Apelación revocó ese levantamiento (30-XI-2021). La Municipalidad interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Municipalidad de Campana, revocó la sentencia de la Cámara de Apelación de San Nicolás y confirmó la decisión de primera instancia del 27-IX-2021 que levantó la medida cautelar. Costas a la actora vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En definitiva, entiendo que la labor funcional efectuada por la magistrada de grado, en defensa de bienes de incidencia colectiva que gozan de preferente tutela constitucional y convencional, se tradujo en una actuación jurisdiccional consistente y expeditiva (conf. arts. 41 y 43, Const. nac. y 28, Const. prov.; pto. 49, OC 23/17, CIDH; v. causas 'Douguerty'; 'Machado' y 'Longarini', cits.), que luce acorde con la doctrina legal desplegada por esta Corte sobre el tópico debatido (v. causas 'Delaunay'; 'Picorelli'; 'ASHPA' y 'Mendoza', cits.; CSJN Fallos: 339:515; pto. I, 'Declaración Mundial de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza -UICN- acerca del Estado de Derecho en materia ambiental', reunida en Río de Janeiro en abril de 2016)."

"En suma, la suficiente entidad de las nuevas circunstancias apreciadas en primera instancia y aquí complementadas, alteran ostensiblemente los presupuestos ponderados al momento de decretar la tutela precautoria originaria, al extremo de advertir que su subsistencia podría ocasionar efectos desfavorables capaces de generar un grave daño o perjuicio de difícil o imposible reparación ulterior, motivación sobre la que este Tribunal basa su intervención. Ello así, el levantamiento se impone conforme al alcance determinado en la sentencia pronunciada el día 27 de septiembre de 2021."

"Por absurdo ha de entenderse el error palmario, grave y manifiesto ... que lleva a conclusiones contradictorias o incongruentes ... Circunstancia que queda evidenciada en autos al incurrir la Cámara en una segregación injustificada pues, pese a reconocer las amplias potestades del juzgado de grado en la materia en discusión (art. 32, ley 25.675), dispuso hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora por considerar que se había afectado su derecho de defensa."

Además, el voto mayoritario enfatiza: "Estos elementos, prima facie, conllevan un riesgo objetivo de afectación negativa en el entorno urbano ambiental que suele repercutir sobre derechos de incidencia colectiva ... bienes jurídicos relevantes que gozan de tutela constitucional prevalente (cfr. arts. 41 y 43, Const. nac. y 28, Const. prov.; ley nac. 25.675; ley prov. 11.723 ...)."

Votos y mayoría

El acuerdo fue unánime en el sentido de hacer lugar al recurso extraordinario: los Dres. Torres, Kogan, Soria y Genoud votaron por la afirmativa; la resolución final confirma la de primera instancia (27-IX-2021) y revoca la de Cámara (30-XI-2021).

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.