Sardinas, Ismael contra Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Accidente de trabajo-acción especial
Reclamó prestaciones dinerarias por minusvalía psíquica derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 8-8-2017. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora y confirmó la solución de la instancia de grado que condenó al pago de $399.839 más intereses.
¿Quién es el actor?
Ismael Sardinas.
¿A quién se demanda?
Prevención A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias previstas en el régimen de la ley 24.557 (según modificaciones) por minusvalía psíquica originada en accidente de trabajo del 8 de agosto de 2017.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la aseguradora y confirmó la solución del tribunal de trabajo, que había reconocido una minusvalía del 10% y liquidado la prestación en $333.199,18 —incrementada con el 20% previsto por ley 26.773— resultando $399.839, a integrarse desde la fecha del siniestro con intereses calculados conforme la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal de trabajo interviniente hizo lugar parcialmente a la demanda ... y condenó a Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. al pago de las prestaciones dinerarias previstas en el régimen especial de reparación de infortunios laborales (leyes 24.557, 26.773 y 27.348), con motivo de la minusvalía psíquica que padece, originada en las tareas y el accidente de trabajo ocurrido el 8 de agosto de 2017."
"III.2. ... los agravios allí expuestos imponen la revisión del análisis de los extremos fácticos que concurren en el caso, actividad que, como es sabido, se encuentra excluida del ámbito de la casación por la vía transitada. En este sentido, reiteradamente ha declarado esta Suprema Corte que no concurre el supuesto de excepción previsto en la mencionada norma del régimen adjetivo laboral cuando se traen a su conocimiento cuestiones fácticas, ni cuando se ventilan agravios relacionados con el absurdo en la valoración de la prueba realizada por el juzgador ..."
"IV. En virtud de lo expresado, corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido. Con costas (art. 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Todos los señores jueces (Genoud, Soria, Kogan y Torres) votaron en el mismo sentido; la decisión se articula por mayoría conforme al acuerdo final.
Montos y fechas relevantes: accidente 8-8-2017; ingreso mensual base estimado $32.884,68; liquidación según art. 14 inc. 2 apartado "a" fijada en $333.199,18; más 20% por ley 26.773 = $399.839; intereses calculados conforme tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del siniestro.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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