Nitsch, Ariel Raúl contra Experta ART S.A. Enfermedad profesional
Reclamo por enfermedad profesional y pago único por incapacidad permanente parcial. La Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora, confirmando la valoración de prueba, el porcentaje de incapacidad (55,51%) y el cálculo indemnizatorio que determinó un monto total de $7.249.373,94.
¿Quién es el actor?
Ariel Raúl Nitsch.
¿A quién se demanda?
Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación por enfermedad profesional e indemnizaciones dinerarias en el régimen de riesgos del trabajo por incapacidad laboral permanente parcial.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por Experta ART S.A., confirmando en esencia lo resuelto en primera instancia: se hizo lugar a la demanda y se condenó a la aseguradora al pago de $7.249.373,94, con imposición de costas a la legitimada pasiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. El tribunal de trabajo hizo lugar a la acción deducida por Ariel Raúl Nitsch contra Experta Aseguradora de Riegos del Trabajo S.A., a quien condenó a pagar el importe de $7.249.373,94 en concepto de prestaciones dinerarias previstas en el régimen de riesgos del trabajo, con sustento en los arts. 6 inc. 2, 11 inc. 4, apartado "b", 12 y 14 inc. 2, apartados "a" y "b" de la ley 24.557; 2 y 3 de la ley 26.773 y 2 y 3 del anexo al decreto 472/14."
"III. El recurso no prospera."
"III.2.b. Como antes se señaló, el tribunal sostuvo que no se apartaría de las conclusiones de la pericia médica por considerarla una prueba hábil e idónea. Para arribar a la referida conclusión, consideró que el dictamen del galeno estaba avalado por la anamnesis, examen semiológico y estudios complementarios y que para calcular el grado incapacitante constatado en el trabajador -y que guarda un nexo causal con las tareas desarrolladas- había utilizado como parámetro lo establecido por el baremo de la ley 24.557."
"III.4.b. Idéntica suerte adversa corre el reproche dirigido a objetar la forma en que el sentenciante calculó las prestaciones sistémicas. En efecto, conforme la fecha de la primera manifestación invalidante que tuvo por acreditada (30 de mayo de 2017), el tribunal interviniente actualizó el ingreso base mensual por aplicación del índice RIPTE, de acuerdo con lo ordenado por el art. 11 de la ley 27.348 (modif. del art. 12 de la ley 24.557)."
¿Cómo votaron los jueces?
Votaron por la negativa la Dra. Kogan y los Dres. Genoud, Soria y Torres; la decisión fue unánime (acuerdo que rechaza el recurso).
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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