TARRAUBELLA, JORGE EDUARDO S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE NULIDAD EN CAUSA Nº 32429 DE LA CAMARA DE APELACION Y GARANTIAS EN LO PENAL DE LA MATANZA, SALA I
El imputado impugnó por recurso extraordinario de nulidad su condena por usurpación solicitando revisión de la valoración probatoria y la existencia del elemento subjetivo. La Corte, por mayoría, rechazó el recurso por improcedente y confirmó que la Cámara valoró razonadamente la prueba y acreditó la materialidad y la participación del imputado.
¿Quién es el actor?
Jorge Eduardo Tarraubella, representado por sus defensores particulares Dr. Juan Manuel Ripalda y Dr. H. Alejandro David.
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Matanza, Sala I (decisión recurrida); en la causa penal la parte damnificada: Adriana Cesana.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se interpuso recurso extraordinario de nulidad contra la condena por el delito de usurpación (art. 181 CP) dictada por el Juzgado Correccional n°3 de La Matanza y confirmada por la Cámara; se denunciaron falta de tratamiento de agravios, arbitrariedad en la valoración de la prueba, inexistencia de tipicidad objetiva y subjetiva, error invencible y vulneración del derecho de defensa.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó por mayoría el recurso extraordinario de nulidad por improcedente y con costas; se difirió regulación de honorarios a oportunidad procedente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De los planteos reseñados y del análisis de la sentencia recurrida, se observa que las cuestiones que se consideran preteridas han sido debidamente tratadas o bien han resultado implícitamente desplazadas por la decisión adoptada (art. 168, Const. prov.)."
"Se aprecia que el Tribunal de Alzada, tras destacar que la tarea emprendida por el a quo aparecía razonada y sin contradicción con las reglas de la lógica, fue dando respuesta a los cuestionamientos que la defensa reitera ante esta instancia acerca de quién detentaba el derecho de tenencia sobre el inmueble objeto del conflicto, el modo en el que el imputado había ingresado en la vivienda mediante la destrucción de sus barreras de acceso, la conducta desplegada por el imputado con la finalidad de asegurar su permanencia en el inmueble, impidiendo el ingreso de Cesana; descartando la concurrencia de error de tipo invencible y desplazando expresamente el tratamiento del carácter de heredero forzoso del imputado y el consiguiente derecho sobre el inmueble en cuestión."
"Los recurrentes, si bien denuncian que no se ha dado tratamiento a los planteos esgrimidos ante su sede, en rigor, sus reclamos se dirigen a criticar el modo en que fueron valoradas las pruebas y el acierto jurídico de lo decidido, todo lo cual resulta ajeno al acotado ámbito del recurso extraordinario de nulidad bajo examen ... Conforme lo expuesto, corresponde desestimar por improcedente el recurso extraordinario de nulidad traído (art. 491 y concs., CPP)."
¿Cómo votaron los jueces?
Soria, Torres, Genoud, Kogan y Maidana votaron por la negativa (rechazo) al recurso, destacando la insuficiente articulación del agravio federal y la adecuada valoración probatoria por la Cámara.
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