Lezcano, Sergio José contra Schumaros S.R.L. y otro/a. Accidente de trabajo - acción especial
Acción especial por accidente de trabajo por amputación de mano y reclamó indemnización integral contra empleadora y ART. La Corte provincial confirmó la condena civil solidaria y declaró inconstitucional, en su versión anterior a la ley 27.348, la opción excluyente del art. 4 de la ley 26.773; además, hizo lugar parcialmente al recurso del actor para reconocer daño psíquico (20%) y ordenó recalcular la liquidación.
¿Quién es el actor?
Sergio José Lezcano.
¿A quién se demanda?
Schumaros S.R.L. (empleadora) y La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ART).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización integral por secuelas incapacitantes (amputación de la mano izquierda a nivel radio cubital distal ocurrido el 9/4/2013) derivadas de accidente de trabajo; reconocimiento de daño psíquico, cuantificación de lucro cesante y daño moral; impugnación de la aplicación de la opción excluyente del art. 4 de la ley 26.773 y cuestionamiento de bases de liquidación y actualización.
¿Qué se resolvió?
por mayoría se rechazó el recurso extraordinario interpuesto por La Segunda ART; por mayoría se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario deducido por la parte actora (alcance: reconocer daño psíquico con incapacidad 20%; dejar sin efecto la base salarial utilizada para el cálculo del lucro cesante y la cuantificación del daño moral; orden de remitir autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento integrado con otros jueces). Además se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26.773 en su versión anterior a la ley 27.348.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Declaró la inconstitucionalidad 'de la opción excluyente' prevista en el art. 4 de la ley 26.773 (en su versión anterior a la modificación de la ley 27.348)."
"La prohibición regulada en dicha norma violenta el texto constitucional, en tanto priva al trabajador -que a consecuencia de un accidente o por una enfermedad profesional ve disminuida su capacidad laborativa- de la posibilidad de formular un reclamo integral..."
"Nada puede renunciarse, cederse, ni enajenarse en virtud de una tutela especial, pues así lo ha impuesto el legislador siguiendo lineamientos constitucionales e internacionales."
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría de fundamentos, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A."
"Asimismo, por mayoría, se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte actora con el alcance establecido en los puntos II.1., II.2. y II.3. del voto emitido en primer término respecto de la segunda cuestión planteada. En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento."
(Se consignan como decisivos los párrafos del voto inaugural que exponen la afectación del principio de indemnidad, la progresividad e irrenunciabilidad: referencia a precedentes "Aquino", "Llosco", "Lucca de Hoz" y al precedente provincial "Vera".)
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Leyes que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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