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Tribunal Superior

Lozano, Ricardo Rogelio contra Mirasso SRL. Despido

El actor promovió demanda por despido contra Mirasso SRL. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y revocó la declaración de incompetencia oficiosa del tribunal de grado, ordenando que éste continúe entendiendo en la causa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-119711
Jurisdiccion territorial Prorrogabilidad Despido Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Incompetencia oficiosa Doctrina legal Ley 11.653 Principio protector Devolucion a grado Tribunal de trabajo n?1 bahia blanca.

¿Quién es el actor?

Lozano, Ricardo Rogelio.

¿A quién se demanda?

Mirasso SRL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y revocó la resolución del Tribunal de Trabajo N°1 de Bahía Blanca que, por mayoría, declaró de oficio su incompetencia territorial y archivó la causa. Ordenó que los autos vuelvan al tribunal de origen para que continúe entendiendo en la litis.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En dicho precedente, entre otros de los resueltos desde idéntica línea directriz (causas L. 115.895 'Menna', res. de 5-X-2011 y L. 118.553 'Barraza', res. de 3-XII-2014), esta Suprema Corte ha señalado que, siendo la jurisdicción territorial prorrogable en asuntos patrimoniales, el juez ante quien se articula la demanda no puede inhibirse de oficio (arts. 1 y 2, CPCC; 63, ley 11.653).

Tal criterio rector resulta plenamente aplicable al caso y, como con acierto postula la interesada, ha sido contrariado en el fallo puesto bajo censura, desde que el juzgador -de modo oficioso- analizó su competencia territorial, soslayando el principio de prorrogabilidad que rige en la materia, en cuanto se trata de una controversia de índole patrimonial.

Con apoyo en esos fundamentos, la decisión recurrida debe revocarse por resultar violatoria de la doctrina legal y, habiendo sido dictada en forma prematura, la presente causa deberá volver al tribunal de origen para que continúe entendiendo según el estado del proceso."

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y se revoca la decisión impugnada con arreglo a la cual el tribunal de origen declaró de oficio su incompetencia, debiendo éste continuar entendiendo en la presente causa.

Vuelvan los autos a la instancia de grado para la consecución del trámite según su estado."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue acordada en sentido afirmativo por los señores jueces De Lázzari, Kogan, Pettigiani y Negri; en consecuencia, la decisión es la de la mayoría y se instrumenta conforme al dispositivo final citado.

Leyes que cita

  • Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires

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