Cruzzetti, María Ester contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Accidente de trabajo - acción especial
Accidente de trabajo: actora reclamó indemnización por incapacidad derivada de in itinere ocurrido el 26-5-2017. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por la Provincia, confirmando la valoración de incapacidad y la aplicación del régimen de actualización e intereses conforme la ley 24.557 (texto según ley 27.348).
¿Quién es el actor?
María Ester Cruzzetti.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de empleadora autoasegurada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestación dineraria por incapacidad derivada de accidente de trabajo (in itinere, 26-5-2017), más montos por compensación dineraria adicional y costo de tratamiento psicoterapéutico.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, fijó la incapacidad y condenó a la Provincia al pago de la indemnización conforme arts. 14.2.b, 11.4.a y 20 de la ley 24.557; la Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Provincia con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III.1.a. Tiene dicho esta Suprema Corte que en la tarea de valorar la pericia médica y asignarle entidad convictiva, los tribunales de trabajo ejercen facultades privativas, resultando la decisión que adopten al respecto ajena al cometido de esta Suprema Corte, salvo la acreditación del absurdo (causas L. 122.771, 'Pécora', sent. de 11-V-2021 y L. 123.501, 'Consorcio de Gestión Puerto La Plata', sent. de 21-X-2022). Con análogo razonamiento, asimismo ha sostenido que la determinación del grado o porcentaje de incapacidad que afecta al trabajador como consecuencia de un accidente o enfermedad del trabajo constituye una cuestión reservada a la apreciación de los jueces de grado y que sus conclusiones no pueden ser revisadas en la instancia extraordinaria, excepto que se demuestre aquel extremo vicio valorativo (causas L. 119.791, 'Argüello', sent. de 29-VI-2020; L. 121.412, 'Peiró Aparisi', sent. de 31-VIII-2020; L. 122.102, 'González', sent. de 7-IX-2020 y L. 123.533, 'Leguero', sent. de 30-VIII-2021)."
"III.4.b. Como pude observar al emitir mi opinión en la causa L. 126.342, 'Gaddi' (sent. de 27-VI-2023) -en lo que aquí se examina, de similares contornos- los argumentos que despliega el impugnante contra el modo en que el tribunal laboral aplicó el art. 12 apartado 3 de la Ley de Riesgos del Trabajo, pretenden encontrar apoyo en su propia visión del caso en vinculación con la lectura que propone de las normas y la jurisprudencia que refiere. Ello no alcanza en esta Sede extraordinaria para obtener la revocación de lo juzgado en el pronunciamiento."
"IV. En virtud de lo expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído, con costas (art. 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los cuatro jueces (Soria, Kogan, Torres y Genoud) votaron por la negativa y la resolución final del acuerdo (bloque dispositivo) rechaza el recurso.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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