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Tribunal Superior

Sansone, María Laura s/ acción de amparo. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

Amparo por cobertura de internación geriátrica y prestaciones integrales para María Isabel Tirao. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario: confirmó la condena al IOMA de otorgar cobertura integral pero revocó la exigencia de que la prestación la brinde específicamente el Hogar Aires de City Bell, imponiendo que la afiliada pueda optar por prestadores adheridos al registro del IOMA sin interrupción del servicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
A-78071
Amparo Ioma Internacion geriatrica Prestador fuera de convenio Registro unico de prestadores Doctrina legal sanchez Cobertura integral Continuidad asistencial Costas Ejecucion judicial

¿Quién es el actor?

María Laura Sansone, en representación de su madre María Isabel Tirao.

¿A quién se demanda?

Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral por parte del IOMA de la internación permanente en el Hogar "Aires de City Bell" y prestaciones de atención geriátrica/psiquiátrica y de enfermería necesarias para el cuidado de la señora Tirao.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario interpuesto por la demandada; revocó exclusivamente la parte de la sentencia de la Cámara que impuso que la cobertura debía prestarla la empresa "Aires de City Bell", y confirmó la obligación del IOMA a garantizar la cobertura integral ordenada, instruyendo al juez de primera instancia a arbitrar los medios para evitar la interrupción del servicio y a vigilar que la afiliada pueda optar por prestadores adheridos al sistema del IOMA desde el cese de actividad de "Aires de City Bell", siempre que subsistan las condiciones de afiliación de la señora Tirao.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, esta Corte, en una causa en la que se suscitó una cuestión de hecho análoga -pues el actor había requerido la cobertura por parte del IOMA de un servicio de internación llevado a cabo por una entidad fuera de convenio-, se resolvió que la empresa encargada de cumplir la prestación debía integrar el Registro Único de Prestadores del IOMA de acuerdo a la normativa de dicha obra social (causa A. 76.471, 'Sánchez', sent. de 30-III-2021). Más recientemente, y en el mismo sentido, se decidió la causa A. 77.130, 'Sabbatini', sentencia de 23-II-2022."

"V. En definitiva, de lo expuesto se desprende que corresponde revocar la sentencia cuestionada en lo que refiere a la necesidad de que la cobertura asistencial sea prestada por la empresa 'Aires de City Bell', confirmando en este aspecto lo decidido por el señor juez de primera instancia.

Con todo, y a efectos de evitar cualquier inconveniente que pueda suscitarse en la fase de ejecución de esta decisión, se instruye al magistrado de primera instancia que arbitre todos los medios a su alcance a fin de garantizar que la cobertura dispuesta no sufra interrupciones, vigilando que las prestaciones objeto de condena por parte de la empresa que elija la actora entre las adheridas al sistema del IOMA, se hagan efectivas en forma inmediata al cese de la actividad de la empresa 'Aires de City Bell', siempre y cuando sigan las condiciones de afiliación de la señora Tirao."

¿Cómo votaron los jueces?

Votaron por la afirmativa los Dres. Genoud, Torres, Soria y la Dra. Kogan; la decisión es la que consta en el bloque dispositivo final (unánime en el sentido de la sentencia).

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