DI SIERVI, CLAUDIO CESAR C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ACCION DE REVISION RESOLUCION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 15057.
Reclamó el actor prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial derivada del sistema de riesgos del trabajo. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad interpuesto por el Fisco y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que, con nueva integración, mensure hipotéticamente la cuantía de la indemnización y vuelva a regular los honorarios.
¿Quién es el actor?
Claudio César Di Siervi promovió acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional, solicitando prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial (Ley 15057).
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial; cuestión en esta instancia: regulación de honorarios de peritos y base de cálculo adoptada por el juez de grado.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad interpuesto por el Fisco provincial, por haberse admitido el agravio en casos sustancialmente análogos, y remitió los autos al tribunal de origen para que, con nueva integración, mensure partiendo de un hipotético progreso de la demanda la indemnización que podría haber correspondido al actor y, sobre esa base, regule nuevamente los honorarios cuestionados. Se impusieron las costas del remedio por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La impugnación resulta atendible con relación a la conformación de la base económica sobre la cual el juzgador reguló los honorarios de los profesionales intervinientes."
"Parece evidente que, escudado bajo tal condición, no es impensable que se incluya en la demanda un monto excesivo o extraño a los valores en juego, a sabiendas de que eventualmente no habrá de afrontarse mayor riesgo en caso de desestimarse la pretensión."
"De allí que, en las circunstancias descriptas, para efectuar las regulaciones correspondería, previamente, determinar la cuantía que estimativamente habría adquirido la indemnización en caso de prosperar la acción (aquí enmarcada en el sistema especial de riesgos del trabajo) -aunque ello conduzca a prescindir del monto efectivamente reclamado- pues aquélla será, en definitiva, la medida del interés sustancialmente comprometido en el pleito."
"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad interpuesto por el Fisco provincial, atento a que el agravio en él introducido ha sido admitido en otros casos sustancialmente análogos (art. 31 bis, ley 5.827, y modif.). En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que -con nueva integración- mensure, partiendo de un hipotético progreso de la demanda, a cuánto podría haber ascendido la indemnización que hubiere correspondido al actor y, cumplido ello, proceda a regular nuevamente y sobre esa base los honorarios de los profesionales cuyos estipendios fueron cuestionados ante esta instancia extraordinaria."
¿Cómo votaron los jueces?
El bloque dispositivo final determina la decisión mayoritaria del tribunal (la resolución final reproducida es la que prevalece). No se consignan votos en disidencia en el texto suministrado.
Fechas y referencias procesales relevantes: pronunciamiento de primera instancia 7-VII-2022; recurso extraordinario presentado 5-VIII-2022; concesión del recurso por tribunal de grado 8-VIII-2022; registro en Suprema Corte 01/08/2023 (RR-884-2023). Normativa citada: art. 31 bis ley 5.827; art. 23 del decreto-ley 8.904/77 (art. 23 ley 14.967); art. 476 CPCC; arts. 68 y 289 CPCC; jurisprudencia referida (p. ej. Ac. 67.487 "Enrique"; L. 84.028 "Rojas"; L. 122.685 "Sánchez"; L. 128.175 "Cuervo"; L. 125.037 "Hernández", entre otras).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.