Scarlata, Sandra Vanina contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Accidente in itinere.
La actora demandó a la aseguradora Provincia ART por accidente in itinere y reclamó indemnización por incapacidad parcial y definitiva. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora, confirmando la validez de la sentencia de grado que condenó al pago de $276.627,45 y declaró inconstitucional el DNU 669/19 por falta de presupuesto fáctico.
¿Quién es el actor?
Sandra Vanina Scarlata.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por la incapacidad parcial y definitiva derivada de accidentes de trabajo ocurridos el 10 de junio y 11 de octubre de 2017; la sentencia de grado condenó a la aseguradora a abonar $276.627,45.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada y confirmó en cuanto a la procedencia del reclamo lo decidido en origen, con costas. Asimismo, sostuvo la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 efectuada por el juzgador de Primera Instancia y rechazó la pretensión de sustituir la tasa de interés aplicada en la liquidación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal de trabajo hizo lugar a la acción deducida por Sandra Vanina Scarlata contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. y condenó a esta última a abonarle la suma de $276.627,45 en concepto de indemnización por la incapacidad parcial y definitiva que padece la demandante con motivo de los accidentes de trabajo que sufriera los días 10 de junio y 11 de octubre de 2017 (conf. arts. 14 apdo. 2 inc. "a", ley 24.557 y normas complementarias)."
"Puesto a analizar la constitucionalidad del mencionado decreto de necesidad y urgencia, declaró -de oficio y con cita de precedentes de la Corte Suprema nacional que identificó- su inconstitucionalidad con fundamento -en lo esencial- en no haberse configurado para su dictado los presupuestos facticos establecidos en el art. 99 inc. 3 de la Constitución nacional (v. sent., pág. 14/18)."
"De este modo -remató el juzgador- no se exponen elementos susceptibles de ser verificados que permitan constatar que 'la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente', lo que deja en evidencia -aseveró- que su dictado obedeció a criterios de mera conveniencia (v. sent., pág. 18)."
"En razón de lo expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído, con costas (art. 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los doctores Torres, Kogan, Soria y Genoud votaron en el mismo sentido; por mayoría (unanimidad en este caso) se resolvió el rechazo del recurso. No hubo voto minoritario relevante en el dispositivo final.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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