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Tribunal Superior

Agüera, Matías Emmanuel contra Cotecsud S.A.S.E. y otros. Daños y perjuicios.

El actor reclamó daños y perjuicios por accidente de trabajo ocurrido el 11-04-2013 en tareas desarrolladas en instalaciones de Mc Cain. La Suprema Corte confirmó la sentencia de grado y rechazó por inadmisibles los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley de Provincia ART S.A. y Mc Cain Argentina S.A., sosteniendo la correcta valoración probatoria y la improcedencia de la impugnación sobre la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26.773.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-126046
Accidente de trabajo Responsabilidad civil Aseguradora de riesgos del trabajo Opcion excluyente Inconstitucionalidad art. 4 ley 26.773 Cosa riesgosa (art. 1113 cc/340) Incapacidad permanente 15 50% Revision casatoria Prueba pericial Indemnizacion (monto art percibido $259.042 25 consignado en autos).

¿Quién es el actor?

Matías Emmanuel Agüera.

¿A quién se demanda?

Cotecsud S.A.S.E. (empleador eventual), Mc Cain Argentina S.A. (empresa usuaria/guardiana), y Provincia ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización integral por daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo (accidente ocurrido el 11-04-2013), incapacidad permanente parcial del 15,50% según pericia médica, y se discutió además la constitucionalidad del art. 4 de la ley 26.773 (opción excluyente).

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos extraordinarios de inaplicabilidad deducidos por Provincia ART S.A. y Mc Cain Argentina S.A.; quedó firme la condena solidaria de Cotecsud S.A.S.E., Mc Cain y Provincia ART al pago de la indemnización fijada en la sentencia de primera instancia; se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26.773 (versión anterior a la ley 27.348) en los términos examinados por el tribunal de grado y se denegó la revisión de valoración probatoria y de la cuantía indemnizatoria por carecer de vicio de absurdo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el veredicto, tuvo por acreditado que el actor trabajó en relación de dependencia para Cotecsud S.A.S.E., empresa de servicios eventuales, desempeñándose en las instalaciones de la firma Mc Cain Argentina S.A. bajo la categoría 'C' de producción y mantenimiento, desde el 16 de marzo de 2013 hasta el 14 de mayo de 2013... Juzgó probado además que el día 11 de abril de 2013 sufrió un accidente de trabajo cuando, cumpliendo sus labores habituales, intentó descargar una carretilla llena con tierra en un contenedor, sintiendo un fuerte dolor en la espalda... consideró demostrado que el señor Agüera padece lumbociatalgia con alteraciones clínicas y radiológicas, leves a moderadas, que le provoca un incapacidad permanente, parcial y definitiva del 15,50% del índice de la total obrera" (pp. del voto de Sra. Jueza Kogan).

"Con sustento en la pericia médica... Ponderando la prueba pericial de ingeniería laboral... concluyó que Provincia ART S.A. había incumplido con lo dispuesto por los arts. 4 apartado 1 y 31 apartado 1 inc. 'c' de la ley 24.557, toda vez que no había aportado prueba alguna para demostrar que hubiera intervenido, efectuando visitas o verificando elementos de seguridad en las instalaciones de la firma Mc Cain Argentina S.A. donde el trabajador se accidentó" (fs. 306 y vta.).

"Concluyó que... la opción excluyente introducida por el art. 4 de la ley 26.773, luce contraria a los principios constitucionales de libre acceso a la justicia, indemnidad y progresividad (arts. 14, 14 bis, 17, 18, 19, 23 y 75 inc. 22, Const. nac.; 8 y 25, Convención Americana sobre Derechos Humanos; 39.3 y 57, Const. prov.)" (fs. 318 vta.).

"Lo resuelto por el tribunal de grado... ha de permanecer firme en razón de la inhabilidad que exhibe el medio de impugnación... el agraviado pretende ahora rediseñar y renovar el enfoque de su planteo, a través de la introducción de alegaciones... que no resultan susceptibles de ser evaluadas ante la instancia extraordinaria" (III.1.a).

"Las discrepancias que trae el quejoso bajo su personal apreciación de los hechos y de las pruebas no son idóneas para desvirtuar la esencial motivación... Esto es, aquella conclusión mediante la cual indicó que de la valoración de la totalidad de la prueba incorporada... no resultaba comprobado que las hubiera llevado a cabo en las instalaciones de Mc Cain Argentina S.A., donde el trabajador se accidentara" (III.2.b.i).

Bloque dispositivo final del fallo: "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se rechazan los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley traídos, con costas (art. 289, CPCC)."

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