JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Barrera, Rafael Alberto contra Ministerio de Justicia y Seguridad de la Pcia. de Bs. As. DCA.

El actor promovió acción contencioso administrativa solicitando que se integren como remunerativas y computables varias bonificaciones decretadas para la Policía bonaerense. La Corte rechazó la demanda por entender que los decretos impugnados establecen expresamente la naturaleza no integrable de esas bonificaciones y que el decreto 35/97 derogó y reestructuró las bonificaciones anteriores.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
B-61990
Accion contencioso administrativa Bonificaciones Decreto 35/97 Integracion al haber Remunerativo no bonificable Derogacion Policia bonaerense Inconstitucionalidad (cuestion rechazada) Costas Precedentes de la corte.

Quién demanda (Actor)

Rafael Alberto Barrera, por apoderado.

A quién se demanda (Demandado)

Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Justicia y Seguridad.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Que se dejen sin efecto los actos administrativos que desestimaron su pedido de reajuste del haber básico de sargento de la Policía, con reconocimiento como remunerativos y computables de los suplementos establecidos en los decretos 366/91, 1.235/92, 2.074/92, 3.483/92, 518/93 y 35/97; y que se condene a la Provincia al pago de las diferencias devengadas por el nuevo cálculo salarial, más intereses y costas. Se solicitó además la declaración de inconstitucionalidad de las normas citadas por invadir garantías constitucionales.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

Se rechazó la demanda y se impusieron las costas por su orden. Se reguló honorarios de los abogados de la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Respecto del decreto 35/97, el mismo estableció a partir del 1 de enero de 1997 para el personal de la Policía y del Servicio Penitenciario bonaerense una bonificación remunerativa no bonificable, lo mismo para los beneficiarios de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía y del Instituto de Previsión Social (Servicio Penitenciario y Seguridad), excluyendo y derogando expresamente las bonificaciones dispuestas en los decretos reclamados (decs. 366/91, 1.235/92, 3.483/92 y 518/93)."

"Surge con claridad del texto de la norma el carácter de la bonificación y que no fue creada para ser incorporada al haber básico (en actividad o pasividad) como peticiona la parte actora, por lo que corresponde el rechazo de dicha pretensión."

"De igual modo debe desestimarse el pedido de integrar al concepto 'sueldo básico' la asignación especial no remunerativa dispuesta por decreto 2.074/92 para determinado tipo de personal en actividad de la Administración General de la Provincia y abonada desde el 1 de mayo de 1992 a noviembre, inclusive, del mismo año. Ello así, en tanto su norma creadora excluyó tal posibilidad."

Se fundamenta además en precedentes de la propia Corte (causas Naranjo, Soto, Abramo, Gambaleri, Corbalán, Martínez, entre otras) que resolvieron en igual sentido, y en la literalidad de los decretos que calificaron las bonificaciones como no integrables al haber básico o como remunerativas no bonificables.

(No hubo voto mayoritario que adoptara otra conclusión; todos los votos coincidieron en rechazar la demanda. No se registran disidencias relevantes.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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