Sardi, Ramón Ernesto contra Municipalidad de Bahía Blanca. Demanda contencioso administrativa.
El actor promovió demanda contencioso administrativa solicitando la nulidad de las resoluciones municipales que lo cesantearon y su reincorporación con el pago de haberes. La Suprema Corte rechazó la demanda, con votación unánime, por considerar que el procedimiento disciplinario fue continuo y ajustado a derecho y que la cesantía resultó proporcional a las faltas acreditadas.
¿Quién es el actor?
Ramón Ernesto Sardi, empleado municipal y delegado gremial.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Bahía Blanca.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Anulación de las resoluciones 5-912-2001 y 5-1234-2001 que absolvieron el sumario y confirmaron la cesantía; reincorporación al cargo; pago de haberes desde abril de 1999 hasta la reincorporación; costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda en su integridad. Costas en el orden causado. Regulados honorarios de abogado y perito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En la especie no se ha configurado la 'cosa juzgada administrativa' invocada por el demandante. Ello en tanto, impugnada la resolución 5-501-99 por el interesado, la Administración advirtió el error de haber aplicado la sanción de cesantía a un agente que poseía la calidad de delegado gremial y readecuó el acto sancionatorio, instruyendo la obtención de la exclusión sindical (v. resol. 5-938-99, fs. 97). Cumplido ese proceso judicial y declarada tal exclusión (v. sent. de fecha 9-VI-2000, fs. 99/107), el Intendente comunal ordenó la continuación del respectivo sumario (v. resol. 5-2667-2000 de fecha 28-XII-2000, fs. 115) y, posteriormente, mediante resolución 5-912-2001 (v. fs. 119) aplicó la sanción aquí cuestionada. Esta consecución concatenada de actos ininterrumpidos, demuestra que en el trámite del sumario administrativo disciplinario no recayó un acto definitivo que cause estado y -por tanto- no puede tenerse por concluido el sumario disciplinario en el sentido favorable que pretende el actor."
"La extensa duración de un trámite administrativo, no apareja sin más la conclusión de una demora injustificada. En el sub lite no se evidencian negligencias que permitan inferir un perjuicio para el actor. ... Evidentemente no se configura en la especie una inactividad que permita inferir una distorsión por parte del ente comunal en sancionar con indebido letargo, ni menos aún que pueda sugerir una eventual pérdida la potestad disciplinaria."
"De tal modo, los antecedentes de hecho y de derecho antes referidos me llevan a la convicción de que no se ha verificado por parte de la autoridad comunal un ejercicio irrazonable de la potestad disciplinaria en cuanto desproporción entre la conducta comprobada y la sanción aplicada al demandante. En el caso, la cesantía dispuesta no parece irrazonable, sino antes bien proporcionada a las graves faltas comprobadas."
¿Cómo votaron los jueces?
Votaron por la negativa (rechazo de la demanda) los jueces Torres, Soria, Kogan y Genoud; la sentencia final dispone: "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se rechaza la demanda interpuesta."
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