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Tribunal Superior

Massalin Particulares S.A. contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión Anulatoria. Recurso extraordinario de nulidad y de inaplicabilidad de ley.

Massalin Particulares S.A. impugna el gravamen por ventas destinadas a rancho y la exclusión de regalías del coeficiente del Convenio Multilateral. La Suprema Corte rechazó los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley: confirmó que la asimilación aduanera de rancho no obliga a la provincia a excluirla del impuesto y que el recurso no atacó eficazmente los fundamentos del fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
A-75421
Ingresos brutos Ventas rancho Exportacion Codigo aduanero art. 513 Convenio multilateral Regalias Recurso extraordinario de inaplicabilidad Recurso extraordinario de nulidad Potestad tributaria provincial Mayoria de fundamentos (art. 168 Const. prov.).

¿Quién es el actor?

Massalin Particulares S.A.

¿A quién se demanda?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna el ajuste fiscal por el gravamen del Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de ventas con destino a "rancho" (períodos 06-12/2004 y 01-10/2005) y se reclama la inclusión de gastos por regalías en el coeficiente de gasto del Convenio Multilateral.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron el recurso extraordinario de nulidad y el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuestos por la actora, con costas a la recurrente vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la supuesta falta de mayoría y la concordancia de votos: "De la adhesión formulada por la doctora Milanta y de la concordancia que sus consideraciones adicionales mantienen con las realizadas por el doctor De Santis, según surge de la reseña recién efectuada, se desprende que existe en el caso una mayoría de opiniones que cumplimenta la exigencia establecida por el art. 168 in fine de la Constitución provincial."

Sobre la naturaleza de la asimilación aduanera y la potestad provincial: "la asimilación era una ficción legislativa con fines meramente burocráticos que no alteraban su naturaleza de operación local, por lo que no existían obstáculos para que tal actividad sea gravada con Ingresos Brutos al no ser técnicamente una exportación exceptuada por el Código Fiscal."

Sobre la insuficiencia del recurso de inaplicabilidad: "la pieza recursiva bajo análisis, donde la interesada no ha formulado un embate idóneo sobre los pilares que dan sustento al pronunciamiento atacado, lo que torna insuficiente su intento revisor (arg. art. 279, CPCC)."

Sobre las regalías y el Convenio Multilateral: "las aseveraciones en sentido contrario sobre el valor representativo de las regalías ... constituyen una mera disconformidad con el sentido de lo resuelto, evidenciando un punto de vista subjetivo y discrepante que intenta hacer prevalecer su propio criterio por sobre el de los magistrados, sin hacerse cargo de impugnar concretamente todos los fundamentos..."

Dispositivo final reproducido: "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, oído el señor Procurador General, se rechaza el recurso extraordinario de nulidad. Asimismo, se desestima el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, con costas a la recurrente vencida (arts. 68 y 289, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue acordada y firmada por los jueces Torres, Genoud, Kogan y Soria; la mayoría sostuvo la negativa a ambos recursos conforme los fundamentos transcritos.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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