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Tribunal Superior

HOLOTTE SERGIO FABIÁN C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo con cuestionamiento de la validez y aplicabilidad de las leyes 27.348 y 14.997. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó el pronunciamiento de grado y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que actúe conforme lo resuelto, aplicando los criterios fijados en precedentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-126532
Accidente de trabajo Accion especial Inaplicabilidad de ley Inconstitucionalidad Leyes 14.997 y 27.348 Revocatoria Remision al tribunal de origen Costas en el orden causado Suprema corte de la provincia de buenos aires Competencia.

¿Quién es el actor?

Holotte Sergio Fabián.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo; planteo de inconstitucionalidad/ inaplicabilidad de las leyes provinciales 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente) vinculado a la competencia y régimen aplicable.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra el pronunciamiento del Tribunal de Trabajo n.º 3 de San Isidro (que había rechazado el planteo de inconstitucionalidad y declarado su incompetencia), revocó dicho pronunciamiento en el alcance indicado en el punto III.2 y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que obre conforme lo resuelto. Se impusieron las costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III.1. Esta Suprema Corte ha sentado criterio en relación a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), al decidir -entre muchas otras- las causas L. 121.939, 'Marchetti' (sent. de 13-V-2020); L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo' (sents. de 28-V-2020), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"III.2. Bajo tales directrices, teniendo en consideración lo manifestado por la accionante en el escrito de promoción de la demanda (v. fs. 13 y 14) y lo expuesto en el remedio extraordinario que aquí se analiza (v. rec., fs. 48), corresponde remitir las actuaciones a la instancia de grado a sus efectos."

Bloque dispositivo final (decisión definitiva):

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y revocar el pronunciamiento de grado con el alcance establecido en el punto III.2.

En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que obre de conformidad con lo aquí resuelto.

Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68, seg. párr., y 289, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

El dispositivo final de la Suprema Corte ordena la resolución arriba transcripta; no se consignan disidencias en el bloque resolutorio ni en las firmas que acompañan el acta.

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