GANI LUCAS SEBASTIAN C/ ASOCIART ART SA Y OTRO/A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.
Reclamó indemnización por accidente de trabajo contra la ART y otro demandado. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la declaración de inconstitucionalidad de grado y remitió las actuaciones al tribunal de origen conforme a precedentes.
¿Quién es el actor?
Lucas Sebastián Gani.
¿A quién se demanda?
Asociart ART S.A. y otro/a.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de una indemnización por accidente laboral (acción especial).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte legitimada pasiva, revocó el pronunciamiento de grado (que había declarado la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la ley 27.348) y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que proceda de acuerdo con lo resuelto. Se impusieron las costas en el orden causado y se ordenó el reintegro del depósito efectuado conforme al art. 280 CPCC.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III.1. Esta Suprema Corte ha sentado criterio en relación a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), al decidir -entre muchas otras- las causas L. 121.939, 'Marchetti', sent. de 13-V-2020; L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo', sents. de 28-V-2020, a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"III.2. Bajo tales directrices, teniendo en consideración lo manifestado por la parte actora en el escrito de promoción de la demanda, corresponde remitir las actuaciones a la instancia de grado a sus efectos."
Dispositivo final: "Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y revocar el pronunciamiento de grado con el alcance establecido en el punto III.2. En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que obre de conformidad con lo aquí resuelto. Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68, seg. párr., y 289, CPCC). El depósito efectuado en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial deberá reintegrarse en su totalidad a la recurrente (arts. 293, CPCC y 63, ley 11.653)."
¿Cómo votaron los jueces?
El bloque dispositivo de la Suprema Corte es el que resuelve y fue por mayoría conforme al registro de suscriptos; no se consignan votos en disidencia en el texto aportado.
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Leyes que cita
- Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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