Hernández, Guillermo A. c/ Municipalidad de General Pueyrredón s/ Pretensión anulatoria. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley.
El actor impugnó decretos municipales de 2006 que reorganizaron escalafón, escala salarial y nomenclador pidiendo nulidad y diferencias salariales. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario por insuficiencia y confirmó que no consta arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales en el esquema escalafonario de 2006.
¿Quién es el actor?
Hernández, Guillermo A. (y demás actores identificados en autos como agentes municipales).
¿A quién se demanda?
Municipalidad de General Pueyrredón.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad de los decretos municipales 1.485/06, 1.486/06 y 1.487/06 (y del art. 57 de la ordenanza 17.732 y del decreto 1.451/07) por "reencasillamiento indebido" que habría lesionado derechos (remuneración, carrera administrativa, igualdad, igual remuneración por igual tarea, propiedad); reconocimiento del correcto encasillamiento del Grupo Ocupacional Profesional y pago de las diferencias salariales devengadas desde la puesta en vigencia del escalafón de 2006 hasta la percepción del nuevo escalafón dispuesto por decretos 989/12 y 991/12 (con retroactividad a marzo de 2012).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. La Suprema Corte confirmó la conclusión de la Cámara de Apelación de que la pretensión principal quedó abstracta respecto del encasillamiento (por los actos administrativos de 2012) y que no surge acreditada la ilegitimidad, arbitrariedad o vulneración de garantías constitucionales respecto del esquema escalafonario de 2006; en consecuencia se desestimaron las diferencias salariales reclamadas por el período comprendido entre el 30/6/2006 y el 1/3/2012. Se impusieron costas a la recurrente vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en la ciudad de Mar del Plata, desestimó el recurso de apelación interpuesto por los actores, agentes de la Municipalidad de General Pueyrredón, confirmando el fallo de primera instancia en cuanto fuera materia de agravio, con costas en el orden causado."
"Entendió que los decretos municipales 989/12 y 991/12 implicaban el reconocimiento del derecho de los actores, tal como estos lo expusieran, coincidiendo con el juez de grado en que dicha pretensión debía considerarse abstracta. Para ello tuvo en cuenta la manifestación de la parte actora obrante en autos sobre su falta de interés en obtener un pronunciamiento judicial sobre un asunto que '...ha dejado de ser controvertido...' sin perjuicio del mantenimiento de la pretensión al cobro de las diferencias salariales devengadas desde la aplicación de los decretos municipales 1.485/06, 1.486/06 y 1.487/06 impugnados en autos, y hasta que los agentes comenzaran a percibir la remuneración producto del escalafón del año 2012."
"Respecto de la denunciada ilegitimidad de los actos impugnados ... sostuvo que los elementos probatorios arrimados al proceso no acreditaban que el esquema escalafonario pergeñado en el año 2006 por la Administración municipal haya violentado garantías constitucionales y alterado la correcta equidistancia que corresponde al grupo ocupacional profesional con los restantes agrupamientos."
"Consideró que no se consumó en el caso un trato diferencial o discriminatorio de los profesionales que vulnere la garantía de igualdad ... Afirmó que la Municipalidad, en ejercicio de la prerrogativa con la que cuenta para delinear la política de personal, pudo encontrarse en la necesidad de fomentar la cobertura de diversas funciones ... y a partir de tal contingencia fijar políticas particulares o especiales con relación a uno o algunos de los agrupamientos de personal ... y que solo podría censurarse por la jurisdicción en caso de acreditarse su arbitrariedad, extremo que no ocurre en la especie."
"El recurso es insuficiente, motivo por el cual debe ser desestimado (art. 31 bis, primer párrafo, ley 5.827). Dado que la argumentación desplegada y las conclusiones alcanzadas por el a quo ... resultan sustancialmente idénticos a los presentados en procesos de similares características ... por razones de economía procesal y a fin de evitar un dispendio de actividad jurisdiccional corresponde remitir a los fundamentos y conclusiones allí expuestos. Voto por la negativa."
¿Cómo votaron los jueces?
Unánime. Los jueces Soria, Kogan, Torres y Genoud votaron por la negativa.
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