Ramil, Norberto Enrique c/Spataro, Saverio Omar s/Despido
El actor demandó por despido reclamando indemnizaciones laborales (antigüedad, preaviso, integración, vacaciones, horas extra y penalidades legales). La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por entender que el recurrente no acreditó error grosero en la valoración de la prueba ni el vicio de absurdo alegado.
¿Quién es el actor?
Norberto Enrique Ramil.
¿A quién se demanda?
Saverio Omar Spataro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción por despido con reclamo de indemnizaciones por antigüedad y sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido, vacaciones, francos y feriados trabajados, horas extra, y penalidades de las leyes 25.323 y 25.345.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por el actor; se confirmaron los efectos de la sentencia de grado que rechazó la demanda y se impusieron costas (art. 289, C.P.C.C.). Votaron negativamente Kogan, Soria, Negri y De Lázzari (decisión por mayoría).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal de grado rechazó íntegramente la demanda que Norberto Enrique Ramil promovió contra Saverio Omar Spataro ... Ningún elemento de convicción arrimó éste a la causa a los fines de acreditar las circunstancias fácticas que caracterizan la existencia misma del contrato de trabajo, toda vez que -señaló- nada aportó en favor del accionante la prueba testimonial por él ofrecida, sino que, antes bien, reforzó la postura de la contraparte."
"Los tribunales del trabajo ejercen atribuciones privativas en orden a la determinación de la existencia de un vínculo laboral entre las partes, y las conclusiones que al respecto formulen no son susceptibles de revisión en sede casatoria, salvo absurdo ... el desarrollo argumental allí expuesto resulta insuficiente para evidenciarlo, vale decir, para acreditar que el pronunciamiento de origen es portador de un error grave, grosero y manifiesto, o incompatible con las constancias que surgen de la causa."
"El recurso sólo exhibe afirmaciones dogmáticas que no encuentran respaldo en ninguna de las constancias probatorias obrantes en la causa, circunscribiéndose la crítica a una mera contraposición de criterios, insuficiente por tanto, para descalificar la sentencia apelada ... No resulta conducente para modificar lo resuelto la alegación del recurrente vinculada a la errónea valoración de la prueba testimonial, ... quedando su valoración reservada a los jueces de la causa que gozan de amplias atribuciones en razón del sistema de 'apreciación en conciencia'."
Otros datos relevantes: la sentencia de grado tuvo en cuenta una informativa del Departamento Tasas y Derechos de la Municipalidad de Esteban Echeverría que afirmó la ausencia de antecedentes de habilitación comercial a nombre del demandado en el domicilio donde el actor dijo haber trabajado (calle Rojas nº 95, Monte Grande). El recurrente alegó además inconformidad con la regulación de honorarios, citando doctrina de la causa "Zuccoli", cuestión que la Corte consideró inatendible por provenir de una opinión minoritaria.
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Leyes que cita
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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