Arce, Ricardo Diosmar contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Enfermedad accidente.
El actor demandó por indemnización integral por secuelas incapacitantes por enfermedad profesional. La Corte provincial hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26.773, remitiendo el expediente al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Ricardo Diosmar Arce.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización integral por daños y perjuicios derivados de secuelas incapacitantes contraídas por el actor en el ejercicio de sus tareas como enfermero en el Hospital Alejandro Korn; la demanda ubicó la toma de conocimiento el 15 de octubre de 2014.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte admitió el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Provincia, hizo lugar y revocó la sentencia de grado en cuanto ésta declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26.773. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, con nueva integración y previa renovación de los actos procesales que estime necesarios, dicte un nuevo pronunciamiento. Costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Liminarmente, cabe destacar que el valor del litigio -representado por la diferencia entre el monto fijado en la sentencia en concepto de reparación integral y el correspondiente a la indemnización tarifada del régimen especial- no supera el límite establecido en el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (texto según ley 14.141; Ac. 3.867/17), razón por la cual la admisibilidad del recurso deducido, en principio, sólo puede justificarse en el estricto marco de la excepción que contempla el art. 55 primer párrafo in fine de la ley 11.653.
Siendo ello así, la función revisora de esta Corte se limita, en principio, a verificar si lo resuelto en autos contradice la doctrina legal vigente a la fecha del pronunciamiento impugnado, destacándose que la violación de esta última se configura cuando este Tribunal ha establecido la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo impugnado la transgrede, precisamente, en un caso similar (causas L. 109.022, 'Villa', sent. de 31-VIII-2011; L. 103.432, 'Zanuttini', sent. de 6-XI-2012 y L. 116.470, 'Armesto', sent. de 6-III-2013)."
"Ahora bien, no obstante lo expuesto, el reproche orientado a cuestionar la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 26.773 involucra el análisis de una cuestión de índole federal que, con prescindencia del valor del litigio, justifica la apertura de la instancia extraordinaria sin las limitaciones establecidas en las leyes procesales locales (causas L. 117.113, 'Bernedo Cornejo', sent. de 18-III-2015; L. 117.272, 'Gómez González', sent. de 24-VI-2015 y L. 106.853, 'Pérez', sent. de 9-IX-2015)."
"En efecto, pese a que la ley 26.773 resultaba aplicable en la especie según las pautas de orden temporal denunciadas en la demanda ... ningún análisis mereció el nuevo diseño del régimen de riesgos del trabajo implementado por la ley 26.773. El escrito contiene un desarrollo impreciso, en el cual abundan genéricas consideraciones sobre disposiciones legales inaplicables al caso, pero nada dice la parte actora en dicha pieza procesal en relación con la opción 'excluyente' que regula el segundo párrafo de la norma descalificada en la sentencia."
"Por lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y se revoca la sentencia impugnada con el alcance establecido en el punto IV del voto emitido en primer término. En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y previa renovación -en su caso- de los actos procesales pertinentes, resuelva la controversia."
Observaciones sobre la votación: La decisión fue adoptada por mayoría; los votos de Kogan, Soria, Torres y Genoud acompañan la revocación. Se aplicó la regla de que la Corte se limita a controlar la doctrina legal vigente y rechazó la declaración oficiosa de inconstitucionalidad por deficiencias en el planteo inicial respecto de la opción excluyente del art. 4 de la ley 26.773.
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Leyes que cita
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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