ALTUVE, CARLOS ARTURO -FISCAL ANTE EL TRIBUNAL DE CASACION PENAL- S/ QUEJA EN CAUSA N° 95.429 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA IV, SEGUIDA A CEJAS, CESAR FABIAN .-
La fiscalía impugnó la absolución de César Fabián Cejas por abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por arma de fuego. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario por déficit de motivación y arbitrariedad en la valoración probatoria, revocó la sentencia del Tribunal de Casación y devolvió las actuaciones para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Carlos Arturo Altuve, Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal.
¿A quién se demanda?
César Fabián Cejas, imputado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestiona la absolución dictada por el Tribunal en lo Criminal n.º 1 (y confirmada por la Sala IV del Tribunal de Casación Penal) por los delitos de abuso sexual con acceso carnal reiterado, agravado por arma de fuego; se denuncia arbitrariedad y ausencia de motivación adecuada en la valoración de la prueba.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Fiscal, declaró que el Tribunal de Casación otorgó un fundamento aparente a su decisión (vicio de motivación/ sentencia arbitraria), revocó la sentencia impugnada y ordenó devolver los autos a la instancia anterior para que, con intervención de jueces habilitados, dicten un nuevo fallo ajustado a derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"IV.1. Para comenzar, es necesario realizar una breve reseña de lo acontecido en autos. [...] Estos datos reputados relevantes por el quejoso para variar la suerte del caso, no han tenido en el fallo del Tribunal de Alzada el detenido análisis que merecían."
"IV.2. Por otra parte, no se advierte que el fallo hubiera sido dictado atendiendo la perspectiva de género, pese a que la recurrente había solicitado al alegar la aplicación de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, 'Belem Do Pará', y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, 'CEDAW', así como de la ley 26.485 destinada a la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y la ley provincial 12.569 (v. fs. 268 vta.)."
"V. En suma, el tribunal intermedio incurrió en un déficit de motivación en virtud del análisis parcializado y fragmentado de la prueba que descalifica la sentencia como acto jurisdiccional válido (doctr. art. 18, Const. nac.; conf. mutatis mutandis en causas P. 113.511, sent. de 6-VIII-2014; P. 117.839, sent. de 9-IX-2015; P. 121.248, sent. de 22-II-2017 y P. 128.026, sent. de 9-VIII-2017). Por consiguiente, y sin que lo que antecede importe un adelanto de opinión acerca del fondo de litigio, propongo hacer lugar al recurso del fiscal, casar la sentencia del Tribunal de Casación de fs. 290/297 vta. y devolver los autos al mencionado órgano para que, con intervención de jueces habilitados, dicte una nueva decisión ajustada a derecho (art. 496, CPP)."
(Deliberación y voto mayoritario: los Dres. Soria, Torres, Kogan y Genoud votaron por la afirmativa; providencia de la Corte: hacer lugar al recurso, revocar y devolver.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.485Ley de proteccion integral a las mujeres
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.