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Tribunal Superior

Pestillo, Mariano Carlos contra Federación Patronal Seguros S.A. Accidente de trabajo-acción especial.

El actor reclamó prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente parcial derivada de un accidente in itinere. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora, confirmando la valoración de prueba y el cálculo indemnizatorio realizado por el juez de grado por no advertirse absurdo apreciable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-125323
Accidente in itinere Incapacidad permanente parcial Ley 24.557 Ingreso base mensual Valoracion de la prueba Absurdo Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Costas Rechazo Suprema corte provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Mariano Carlos Pestillo.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial conforme art. 14 apartado 2 inc. "a" de la ley 24.557, derivada de accidente de trabajo ocurrido el 9 de agosto de 2017 (accidente in itinere).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada contra la sentencia del Juzgado de Trabajo n.º 1 que hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora al pago de $1.092.820,48. El rechazo fue por voto unánime de la Suprema Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El órgano judicial de grado, tras examinar los escritos constitutivos de la litis, declaró que 'no existe controversia en autos referida a la ocurrencia el accidente de trabajo que motiva las presentes actuaciones, y que el mismo aconteció el día 9 de agosto de 2017 en circunstancias en que el actor concurría a sus tareas habituales y fue víctima de un accidente de tránsito' (fs. 180 vta. y 181)."

"tuvo por acreditado que el señor Pestillo sufrió afecciones físicas (cuadro de disminución funcional en la movilidad de la rodilla izquierda con dolor e imposibilidad de correr) y psicológicas (reacción vivencial anormal neurótica con manifestación depresiva de grado II), que le provocan una incapacidad parcial y permanente del 22,5% del índice de la total obrera, y 'reconoce como causal el accidente de trabajo sufrido mientras concurría a desempeñarse a las órdenes de sus empleadores' (fs. 181 y vta.)."

"La crítica que formula la agraviada se limita a relativizar el reconocimiento formulado en el responde y las conclusiones establecidas en 'el informe pericial'... intenta un nuevo examen de los hechos y de la prueba, según su personal criterio valorativo, sistema que ... configura una técnica carente de idoneidad para demostrar el error grave, grosero y manifiesto que caracteriza al absurdo."

"En el veredicto, el juzgador estableció el valor mensual del ingreso base del señor Pestillo, en la suma de $43.705,77, con apoyo en los datos que surgen del informe pericial contable (v. fs. 180 vta.)... la impugnación solo exterioriza una mera discrepancia subjetiva de la interesada, tendiente a descalificar aspectos que también son privativos de la labor axiológica de los jueces de grado."

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, con costas (art. 289, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Genoud votó por la negativa con los fundamentos precedentes; los Dres. Torres, Kogan y Pettigiani adhirieron por iguales motivos (decisión unánime).

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