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Tribunal Superior

NOCEDA JESSICA JUDITH C/ SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La actora promovió acción especial por accidente de trabajo contra Swiss Medical A.R.T. S.A. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó el pronunciamiento de grado y declaró la incompetencia del tribunal de origen en este estado, ordenando remitir los autos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-127221
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Accidente de trabajo Accion especial Competencia Revocacion Reintegro deposito art. 280 cpcc Costas Corte suprema de la provincia Leyes 14.997 y 27.348.

¿Quién es el actor?

Noceda Jessica Judith

¿A quién se demanda?

Swiss Medical A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo (reclamo derivado de accidente laboral).

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada; revocó el pronunciamiento de grado y determinó la incompetencia en este estado del tribunal de origen para entender en los presentes autos, ordenando su remisión. Se impusieron las costas en el orden causado. Se ordenó reintegrar en su totalidad el depósito efectuado conforme al art. 280 CPCC a la recurrente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la parte demandada hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir las causas L. 121.939, 'Marchetti', sent. de 13-V-2020; L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo', ambas sents. de 28-V-2020, en lo vinculado a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Por ello, la Suprema Corte de Justicia RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y, en consecuencia, determinar la incompetencia en este estado del tribunal de origen para entender en los presentes autos y remitírselos a sus efectos."

"Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68, seg. párr., y 289, CPCC). El depósito efectuado en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial deberá reintegrarse en su totalidad a la recurrente (arts. 293, CPCC y 63, ley 11.653)."

(Votos individuales no incorporados: la parte resolutiva final constituye la decisión mayoritaria del Tribunal.)

Leyes que cita

  • Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…
  • Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires

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