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Tribunal Superior

Presta, Maria Isabel contra Ministerio de Salud. Accidente de trabajo - acción especial

La actora promovió acción por accidente de trabajo contra el Ministerio de Salud y el tribunal de grado impuso costas a la Provincia y reguló honorarios de peritos oficiales. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Fisco, por inadmisibilidad y falta de identidad fáctica con la doctrina invocada, confirmando que la cuestión no reúne los presupuestos para la revisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-122307
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Honorarios peritos oficiales Asesoria pericial Costas Decreto-ley 2125/62 Doctrina legal barbalarga Inadmisibilidad Provincia de buenos aires Proceso laboral.

¿Quién es el actor?

Presta, María Isabel.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente de trabajo; en la sentencia de primera instancia se hicieron lugar a la acción y se regularon y ordenaron pagar los honorarios de peritos oficiales de la Asesoría Pericial (contadora y médica psiquiatra), imponiéndose costas a la Provincia como vencida.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Fiscalía de Estado (Fisco provincial), con costas (art. 289, CPCC), por inadmisible, manteniéndose la resolución que ordenó el pago de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En primer lugar, se observa que habiendo sido concedido el remedio extraordinario en tratamiento en el marco de la excepción que contempla el art. 55 primer párrafo in fine de la ley 11.653 (v. fs. 496/498, resol. de 26-VI-2019), la función revisora de este Tribunal queda circunscripta a verificar si lo resuelto en autos contradice la doctrina legal, hipótesis que se configura cuando la Suprema Corte ha determinado la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo impugnado la transgrede en un caso similar..." (voto Dr. Torres, III.1).

"En efecto, y sin perjuicio de tratarse de una causa de naturaleza contenciosa administrativa, en la doctrina que emerge del precedente B. 60.505, 'Barbalarga' (resol. de 21-VIII-2013) el núcleo central de la cuestión fue la revisión de una resolución dictada el 24 de agosto de 2011 por este superior Tribunal. Si bien en aquella oportunidad se desestimó la ejecución contra el Fisco provincial de los emolumentos fijados al perito contador oficial por su intervención en dichas actuaciones, estableciéndose -asimismo- que ellos deberían ser soportados por la demandante oferente de la prueba; el fundamento de la decisión encontró sustento en el desinterés expresado por la accionada al contestar la demanda respecto a la producción de la pericial contable ofrecida por la contraria, en lo normado por el art. 476 del Código Procesal Civil y Comercial; y teniendo en cuenta que la condena en costas establecida en la sentencia de fecha 27 de octubre de 2004 se estableció en el orden causado. Dicho precedente difiere sustancialmente de lo actuado y decidido en autos..." (voto Dr. Torres, III.2.a).

"El recurso es inadmisible." (voto Dr. Genoud, apertura).

Bloque dispositivo final: "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído, con costas (art. 289, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución fue acordada por mayoría (Drs. Torres, Pettigiani, Genoud y adhesión de la Dra. Kogan), y el acuerdo final dispone el rechazo del recurso. Se siguió la regla del dispositivo final como decisión mayoritaria.

Fechas y referencias relevantes:

Sentencia de primera instancia del Tribunal de Trabajo N°2 de Quilmes: fs. 370/378 (sent. 19/6/2017 conforme al relato).

Presentación del recurso extraordinario por el Fisco: 8/10/2018.

Concesión del recurso por Suprema Corte: fs. 496/498 (resol. 26-6-2019).

Firma y registro del acuerdo/sentencia definitiva: mayo de 2021 (firmas entre 27/05/2021 y 31/05/2021).

Leyes que cita

  • Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires

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