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Tribunal Superior

MENICONI ELISEO GABRIEL C/ ART SWISS MEDICAL SA S/ ACCIDENTE LABORAL.

El actor promovió recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la aplicación de la ley provincial 14.997 (adhesión a la ley nacional 27.348) en un reclamo por accidente laboral. La Suprema Corte hizo lugar al recurso, revocó la declaración de aplicabilidad de la normativa y remitió la causa al tribunal de origen para que continúe su tramitación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-123241
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Ley 14.997 Ley 27.348 Accidente de trabajo Art Aplicabilidad temporal Suprema corte Remision al tribunal de origen Costas a la vencida.

¿Quién es el actor?

Meniconi Eliseo Gabriel.

¿A quién se demanda?

ART Swiss Medical SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se discute la aplicabilidad temporal de la ley provincial 14.997 (adhesión a la ley nacional 27.348) en una controversia por accidente de trabajo; se interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por la parte actora.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte actora, revocó el pronunciamiento de grado en cuanto declaró aplicable la referida normativa y ordenó remitir la causa al tribunal de origen para que continúe su tramitación. Las costas de la instancia extraordinaria se impusieron a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Lo decidido por el tribunal de grado se aparta de la doctrina legal elaborada por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 121.895, 'Orellana, Ángel Mariano contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Accidente de trabajo - acción especial', sent. de 17-VI-2020, en lo vinculado a la aplicación temporal de la ley provincial 14.997, de adhesión a la ley nacional 27.348, a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Por ello, la Suprema Corte de Justicia

RESUELVE:

Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, revocar el pronunciamiento de grado en cuanto declaró que la indicada normativa resulta aplicable a esta controversia; debiendo la causa remitirse al tribunal de origen para que continúe con la tramitación según su estado.

Las costas de esta instancia extraordinaria se imponen a la vencida (art. 289, CPCC)."

(Se consignan las suscripciones y registros de la Actuaria y los funcionarios firmantes.)

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