Torres, Luis Angel c/ Caja de Seguros S.A. s/Cumplimiento de contratos civiles/comerciales
Reclamo por cumplimiento de seguros colectivos por accidente in itinere y declaración de abusividad de cláusulas de exclusión. La Corte revocó por mayoría la parte de la sentencia que declaró abusiva la cláusula de exclusión por accidentes en motocicleta, dejó sin efecto los rubros por daño moral y punitivo y el mandato preventivo, y rechazó la demanda en su totalidad.
¿Quién es el actor?
Luis Ángel Torres, trabajador del Servicio Penitenciario Bonaerense.
¿A quién se demanda?
Caja de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cumplimiento de prestaciones por incapacidad parcial y permanente derivada de un accidente in itinere (3 de julio de 2014), y reconocimiento de daño moral y daño punitivo; nulidad por abusividad de cláusulas de exclusión de cobertura (especialmente exclusión por circulación en motocicleta) en dos pólizas colectivas.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora, se revocó la parte del fallo de la Cámara que declaró abusiva la cláusula de exclusión por accidentes en motocicleta (anexo I, pto. 7 y art. 4, pto. 7, póliza n° 5060-9640678-01), se dejó sin efecto la condena por daño moral y daño punitivo y el mandato preventivo, y en consecuencia se rechazó la demanda en su totalidad. Costas a cargo del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De todo cuanto se ha explicado en las líneas que preceden ha de concluirse, a tenor de lo denunciado en la pieza recursiva en tratamiento, que los argumentos expuestos por el Tribunal de Alzada en los apartados 'a' y 'b' del capítulo IV.1 (v. fs. 274 vta./275 vta.) importan una arbitraria valoración de las constancias de la causa, que a su turno conllevan la infracción del art. 37 de la ley 24.240, lo que conduce a su descalificación (art. 289, CPCC)."
"En otras palabras, la estipulación de marras luce indisputablemente ajustada a la reglamentación que, para toda la plaza, y desde hace casi tres décadas, habilitó la predisposición general de, entre otras, la referida causal de exclusión objetiva de cobertura."
"Ha señalado reiteradamente esta Corte que la determinación del carácter abusivo o inmoral de las cláusulas contractuales es una cuestión de hecho, privativa de los jueces de origen, salvo absurdo (art. 279, CPCC ...). En la especie, y conforme se desprende de las consideraciones precedentes, corresponderá revocar este segmento del fallo, toda vez que ha logrado la recurrente evidenciar que la causal de ineficacia ponderada por el juzgador ha sido fruto de un razonamiento viciado por el referido error de raciocinio, arrastrando ello -a su vez- la denunciada errónea aplicación del art. 37 de la ley 24.240 (arts. 384, 279 y 289, CPCC)."
"Corolario de todo lo anterior es que, no verificándose el incumplimiento legal o contractual del proveedor previsto como presupuesto de aplicación de una multa civil (conf. art. 52 bis, ley 24.240), no procede la condena por daño punitivo, aspecto del pronunciamiento que deberá, por ende, dejarse sin efecto."
¿Cómo votaron los jueces?
votaron por la afirmativa (hacer lugar al recurso) los jueces Soria, Kogan, Genoud y Pettigiani; voto en disidencia (por rechazar el recurso) del juez de Lázzari. El bloque dispositivo final fue por mayoría y prevaleció.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.