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Tribunal Superior

RUIZ MANUEL SILVERIO C/ OMINT ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra OMINT ART S.A. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad, revocó el pronunciamiento de grado y declaró la incompetencia del tribunal de grado para entender en la causa, ordenando su remisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-124903
Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Accidente de trabajo Competencia Remision Omint art sa Ley 14.997 Ley 27.348 Costas Suprema corte de justicia de la provincia de buenos aires.

¿Quién es el actor?

Ruiz Manuel Silverio.

¿A quién se demanda?

OMINT ART SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la parte demandada, revocó el pronunciamiento de grado y determinó la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos, remitiéndolos a sus efectos. Se impusieron las costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos introducidos en el recurso extraordinario de inconstitucionalidad deducido por la parte demandada hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir las causas L. 121.939, 'Marchetti', sent. de 13-V-2020; L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo', ambas sents. de 28-V-2020, en lo vinculado a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5827 y modif.)."

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y, en consecuencia, determinar la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos y remitírselos a sus efectos."

"Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68 y 303, CPCC)."

Observaciones sobre votación y mayoría: El bloque dispositvo final del fallo es el que decide; no consta voto en minoría en el fragmento aportado. La solución adoptada sigue la doctrina fijada en las causas Marchetti, Szakacs y Delgadillo, referida a la validez y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4).

Leyes que cita

  • Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…

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