JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

SILVA JORGE LUIS C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL.

El actor demandó por enfermedad profesional contra OMINT ART S.A. solicitando cobertura y/o efectos propios de la acción por enfermedad laboral. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad, revocó el pronunciamiento de grado por las razones expuestas y declaró la incompetencia del tribunal de grado en este estado, disponiendo la remisión de las actuaciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-125586
Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Incompetencia Remision de autos Enfermedad profesional Ley 14.997 Ley 27.348 Omint art Costas en el orden causado Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

Silva Jorge Luis.

¿A quién se demanda?

Omint Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por enfermedad profesional (acción por enfermedad profesional).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto por la parte demandada, revocó el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y determinó la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos, remitiéndolos a sus efectos. Se impusieron las costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos introducidos en el recurso extraordinario de inconstitucionalidad deducido por la parte demandada hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir las causas L. 121.939, 'Marchetti', sent. de 13-V-2020; L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo', ambas sents. de 28-V-2020, en lo vinculado a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5827 y modif.)."

"Por ello, oído el señor Procurador General, la Suprema Corte de Justicia

RESUELVE:

Hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y, en consecuencia, determinar la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos y remitírselos a sus efectos.

Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68 y 303, CPCC).

Regístrese, notifíquese de oficio y por medios electrónicos (conf. art. 1 acápite 3 'c', resol. Presidencia SCBA 10/20) y devuélvase por la vía que corresponda."

(Se consignan las firmas y registros de los jueces que suscriben la resolución.)

Leyes que cita

  • Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.