Saucedo, Leoncio Ángel contra Ministerio de Seguridad. Accidente de trabajo-acción especial.
Demanda por prestaciones dinerarias por accidente de trabajo y determinación de incapacidad laboral. La Suprema Corte hace lugar parcialmente al recurso extraordinario: confirma la inclusión de conceptos no remunerativos para el cálculo del ingreso base (art. 12, ley 24.557) y revoca la aplicación de la ley 26.773 (y su método RIPTE) por retroactiva, ordenando que se dicte nueva liquidación en origen.
¿Quién es el actor?
Leoncio Ángel Saucedo, agente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad / Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestación dineraria por incapacidad total, permanente y definitiva derivada de accidente de trabajo (art. 15 ap. 2, ley 24.557); impugnaciones sobre cómputo del ingreso base, aplicación de la ley 26.773 y prescripción.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley; confirmó la inclusión de ingresos no remunerativos (como "horas cores") para el cálculo del ingreso base mensu al (art. 12, ley 24.557) y revocó la parte de la sentencia que había aplicado las pautas de la ley 26.773 (RIPTE y forma de pago única) por tratarse de normativa no vigente a la fecha de la primera manifestación invalidante (16/4/2009). Devuélvese la causa al tribunal de origen para nueva cuantificación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Lo expuesto permite observar que, más allá de indicarse lo contrario, o de alegarse que se ha recurrido a una interpretación de equidad, en el caso se han aplicado, real y efectivamente, las previsiones de la ley 26.773. Contra ello, es procedente el ataque del recurrente."
"En consecuencia, a tenor de lo expuesto, y teniendo en cuenta que a la fecha de la primera manifestación invalidante, esto es, el día 16 de abril de 2009 (v. sent., fs. 237), la ley 26.773 (B.O. de 26-X-2012) no se encontraba vigente, asiste razón al recurrente en cuanto postula que dicho texto legal no resulta aplicable al caso, por lo que cabe revocar la sentencia en cuanto dispuso, con apoyo en esa norma, el incremento y la forma de pago del importe de la prestación dineraria que fue objeto de condena. Devueltos los autos, el tribunal de origen, nuevamente integrado, deberá dictar el pronunciamiento que corresponda, atendiendo a los planteos y defensas esgrimidos por las partes."
"El interesado dirige su impugnación a cuestionar la decisión de los jueces del tribunal de trabajo actuante, en cuanto consideraron que el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo resulta inconstitucional en tanto excluye -para el cálculo del ingreso mensual base- a los llamados ingresos no remunerativos... En virtud de ello, debe confirmarse este aspecto del pronunciamiento atacado (art. 31 bis, ley 5.827 y modif.)."
¿Cómo votaron los jueces?
Acuerdo unánime en el pronunciamiento de hacer lugar parcialmente: voto inaugural de De Lázzari (fundamental) y adhesión de Kogan, Pettigiani, Soria y Torres. La regla de mayoría se aplicó conforme al dispositivo final.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.