Romano, Emilio del Tránsito contra Maxi Valenti S.R.L. y otro. Despido.
El actor promovió demanda por despido y reclamó haberes, vacaciones, SAC e indemnizaciones contra Maxi Valenti S.R.L. y Carlos Vizcaychipi. La Suprema Corte revocó la sentencia de grado por vicio de absurdo y hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, ordenando que el tribunal de origen vuelva a fallar integrado con otros jueces.
¿Quién es el actor?
Emilio del Tránsito Romano.
¿A quién se demanda?
Maxi Valenti S.R.L. y Carlos Antonio Vizcaychipi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de relación laboral y pago de haberes adeudados (nov/dic 2016 y días de enero 2017), vacaciones, sueldo anual complementario, indemnizaciones por despido y multas previstas en ley 24.013 y art. 80 LCT.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de nulidad y, por mayoría, hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Revocó la sentencia de grado por vicio de absurdo y remitió las actuaciones al tribunal de grado para que, integrado con nuevos jueces, renueve los actos procesales que estime necesarios y dicte nuevo pronunciamiento. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por lo antes expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de nulidad deducido; con costas (art. 298, CPCC)." (voto sobre la 1ª cuestión, Dr. Genoud)
"La introducción al debate del 'hecho nuevo' invocado en autos, implicaba examinar no sólo la cuestión referida a la existencia de un vínculo laboral entre las partes sino también aquellas relativas a su vigencia, modo y fecha de extinción. Luego, el erróneo enfoque asumido por el tribunal de grado impidió el análisis de tales extremos cuya dilucidación resultaba menester para la válida solución del caso."
"Se evidencia así que la decisión expuesta en el fallo de grado no es el resultado del imprescindible análisis de los planteos formulados, lo que se traduce en la falta de un examen detenido respecto del tema sometido a juzgamiento, que dista de constituir un fundamento suficiente para decidir el caso... Cabe entonces concluir que el fallo impugnado presenta aquel error grave, grosero y fundamental que caracteriza al vicio de absurdo, concretado en una conclusión incoherente y contradictoria en el orden lógico formal o incompatible con las constancias objetivas que resultan de la causa..." (III.3, voto del Dr. Genoud)
"En virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y revocar la sentencia impugnada, debiendo la causa volver al tribunal de grado para que, integrado con otros jueces, renovando los actos procesales que estime necesarios y atendiendo a la postura asumida por cada parte, se pronuncie nuevamente acerca de la procedencia de la demanda interpuesta. Costas por su orden (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)." (voto por la afirmativa y texto del dispositivo)
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Genoud emitió el voto principal; los Dres. Torres y Pettigiani y la Dra. Kogan acompañaron los mismos fundamentos en ambas cuestiones. El dispositivo final del acuerdo rechaza el recurso de nulidad y hace lugar al de inaplicabilidad de ley, revocando la sentencia de grado.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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