Prevettoni, Silvana Sabrina contra Telefónica Móviles Argentina S.A. Enfermedad profesional.
La actora demandó por enfermedad profesional reclamando indemnización integral por daño psicofísico. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario: casó la sentencia en cuanto duplicó la incapacidad al sumar dos diagnósticos no distintos y ordenó remitir la causa al tribunal de grado para nueva integración y actuación; además, por mayoría, revocó y remitió a nuevo pronunciamiento la cuestión relativa a la responsabilidad civil de la ART.
¿Quién es el actor?
Silvana Sabrina Prevettoni.
¿A quién se demanda?
Telefónica Móviles Argentina S.A. y Mapfre ART S.A. (hoy Galeno ART S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización integral por incapacidad derivada de enfermedad profesional (trastornos psíquicos) y reparación por daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, casó la sentencia en cuanto el juez de grado sumó porcentajes de incapacidad correspondientes a un mismo padecimiento (duplicación aritmética del mismo daño) y remitió los autos al tribunal de origen para que, debidamente integrado y previa renovación de los actos procesales pertinentes, determine el porcentaje único de incapacidad. Por mayoría, además, la Corte revocó y remitió para nuevo pronunciamiento la cuestión relativa a la atribución de responsabilidad civil solidaria a la aseguradora de riesgos del trabajo, a fin de que se reexamine con renovación probatoria los extremos relativos a la responsabilidad de la ART.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal, sumando ambos guarismos, consideró que la incapacidad probada llega al 33,05%. Puesto que no se advierte (ni se ha probado) que se trate de dos males diferentes los que aquejan a la actora (se ha acreditado uno único, de naturaleza psíquica, que se traduce en depresión), al agregarse ambos porcentuales (en una suma que es puramente aritmética) se ha duplicado (aproximadamente) la incidencia en la total obrera de una misma lesión."
"Al promoverse el juicio, la actora peticionó un peritaje sobre su estado que estaría a cargo de un perito psicólogo... La médica designada produjo su dictamen... En el veredicto (por unanimidad) se desestimaron todas las impugnaciones y se declaró probado que, según la psiquiatra, la actora padece un 13,1% de incapacidad... por su parte, y tal como lo dictaminó la médica, el trastorno adaptativo mixto... genera un 19,95% de incapacidad. El tribunal, sumando ambos guarismos, consideró que la incapacidad probada llega al 33,05%."
"Cuando dichas entidades incumplen o cumplen deficientemente -por acción u omisión- con los deberes de seguridad, prevención y control que la Ley de Riesgos del Trabajo pone a su cargo, y siempre que esos incumplimientos se vinculen causalmente con los daños sufridos por los trabajadores, no hay obstáculo alguno para responsabilizarlas en los términos del derecho común."
"Corresponde hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído conforme lo indicado en el punto III.1.b. del voto emitido en primer término y se casa la sentencia impugnada en ese aspecto. Asimismo, por mayoría, se admite en cuanto atribuyó responsabilidad civil solidaria a la aseguradora de riesgos del trabajo con los alcances establecidos en los puntos III y IV del sufragio de segundo término y -también- se revoca el fallo de origen sobre el particular. En consecuencia, se remiten los autos al órgano de grado a fin de que, debidamente integrado y previa renovación de los actos procesales pertinentes, dicte nuevo pronunciamiento."
(Votos coincidentes: De Lázzari —que declaró procedente el vicio por absurdo respecto de la suma de porcentajes y mantuvo la atribución de responsabilidad de la ART—; Genoud, Soria, Kogan y Pettigiani —que adhirieron en que existió error en la suma de incapacidades y que debe reexaminarse la responsabilidad de la ART—. El acuerdo final dispone casación parcial y remisión para nueva sustanciación.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.