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Tribunal Superior

Haissaguerre, Rubén Omar contra Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Empleador autoasegurado). Enfermedad profesional.

El actor reclamó diferencias de la prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial derivada de disfonía profesional. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó la declaración de inconstitucionalidad aplicada por el tribunal de grado al art. 12 de la ley 24.557 en las circunstancias del caso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-121834
Riesgos del trabajo Inconstitucionalidad art. 12 lrt Incapacidad laboral parcial Calculo indemnizatorio Remuneraciones Tope indemnizatorio Inclusion de conceptos remuneratorios Recurso extraordinario de inaplicabilidad Provincia de buenos aires Suprema corte (corte provincial).

¿Quién es el actor?

Rubén Omar Haissaguerre.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de empleador autoasegurado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de diferencias adeudadas en la prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial prevista en el art. 14 apartado 2 inc. "a" de la ley 24.557, por disfonía crónica con incapacidad del 23%.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Fiscalía de Estado y se mantuvo la decisión del tribunal de trabajo que declaró la inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557 en el caso concreto y calculó la indemnización conforme al valor del ingreso base al momento del pago, incluyendo la totalidad de los conceptos remuneratorios. Con costas (art. 289, CPCC).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tribunal de trabajo interviniente hizo lugar a la demanda promovida por el señor Rubén Omar Haissaguerre y condenó a la Provincia de Buenos Aires -en su calidad de empleadora autoasegurada- al pago de diferencias adeudadas en la prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial prevista en el art. 14 apartado 2 inc. 'a' de la ley 24.557."

"Ya en la sentencia, el a quo declaró la inconstitucionalidad del art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, por juzgar que en el caso la aplicación literal de esta norma -en cuanto incluye para el cálculo respectivo únicamente a las remuneraciones devengadas durante el año anterior a la primera manifestación invalidante- se encontraba '...reñida con el principio de razonabilidad de las leyes (art. 28 Constitución Nacional) y el deber de reparar el daño injusto (art. 19 de la Constitución Nacional)'."

"Asimismo, con apoyo en distintos fallos de la Corte nacional, señaló que la indemnización especial de los daños laborales debía -al menos- alcanzar a cubrir la pérdida de ganancias provocada por el infortunio, y que la aplicación literal de lo dispuesto en dicho precepto conducía a un resultado reparatorio irrazonable, que no podía considerarse representativo de la real pérdida de ganancia del trabajador."

"Luego -con sustento en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el art. 1 del Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo y las observaciones formuladas por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones- consideró que correspondía incluir en la base de cálculo de la indemnización reclamada la totalidad de los conceptos abonados por el empleador como contraprestación del trabajo más allá de la denominación que se les hubiere asignado y de que estuviesen o no sujetos a cotización."

"Finalmente, a partir de lo decidido por el Máximo Tribunal en el caso 'Ascua' (sent. de 10-VIII-2010), respecto a la inconstitucionalidad del tope indemnizatorio establecido por la ley 9.688 (modif. por ley 23.643), declaró que los fundamentos allí vertidos resultan enteramente aplicables al tope análogo previsto en el citado art. 14 apartado 2 inc. 'a'."

"En consecuencia, estimó '...justo para el caso utilizar en el desarrollo de la fórmula indemnizatoria legal el valor mensual del ingreso base calculado con referencia a la fecha en que la indemnización fue pagada' ($19.793,15; fs. 368)."

Sobre el recurso extraordinario: "El recurso no prospera." y "el presente recurso debe rechazarse toda vez que en él se plantean agravios desestimados por este Tribunal en casos sustancialmente análogos (art. 31 bis, ley 5.827 y modif.; causas L. 120.768, 'Roldán', sent. de 13-II-2019; L. 119.454, 'Solari', sent. de 16-V-2018 y L. 119.538, 'Alice', sent. de 27-XII-2017; e.o.). En consecuencia, debe permanecer incólume el pronunciamiento del tribunal de grado en cuanto a la descalificación constitucional del art. 12 de la ley 24.557."

¿Cómo votaron los jueces?

Votan en el mismo sentido Pettigiani (voto expresado en detalle) y los jueces Kogan, Genoud y Soria adhieren por los mismos fundamentos. No se registra disidencia.

Leyes que cita

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