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Tribunal Superior

Heitt, Walter Omar contra Provincia de Buenos Aires. Accidente de trabajo - acción especial.

El actor reclamó prestaciones por accidente de trabajo y tratamiento psicológico por lesión en tobillo y reacción neurótica. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de la Fiscalía de Estado, sólo para ordenar que el tribunal de origen adecue la condena en costas al límite del 25% previsto por la ley 24.432; por mayoría se mantuvo lo sustantivo de la condena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-120994
Accidente de trabajo Incapacidad Ley 24.557 Tratamiento psicologico Ingreso base Costas Ley 24.432 Limite 25% Recurso extraordinario inaplicabilidad Valoracion pericial

¿Quién es el actor?

Walter Omar Heitt, trabajador policial.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo (arts. 11 y 14 ley 24.557) y pago de gastos por tratamiento psicológico; impugnación subsidiaria de responsabilidad civil (arts. 1.109 y 1.113 CC).

¿Qué se resolvió?

La sentencia de primera instancia fue confirmada en lo esencial (se rechazó el recurso extraordinario respecto de la fijación de la incapacidad, del cálculo del ingreso base, del reconocimiento y monto del tratamiento psicológico y de la cuantía de la indemnización), pero por mayoría se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario sólo para que el tribunal de origen adecue la regulación de costas al tope del 25% previsto por la ley 24.432; se remitieron los autos para ese fin. Las costas de la instancia se impusieron en el orden causado por el progreso parcial del recurso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En lo que interesa, el tribunal de trabajo acogió la pretensión deducida por el señor Walter Omar Heitt y condenó a la Provincia de Buenos Aires al pago de la suma que especificó en concepto de prestaciones dinerarias establecidas en los arts. 11 apartado 4 inc. 'a' y 14 apartado 2 inc. 'b' de la ley 24.557. Asimismo, ordenó a la accionada abonar el importe que determinó para los gastos por tratamiento psicológico al que debía someterse el demandante (v. fs. 989/1.003)."

"Sabido es que valorar el material probatorio, determinar el porcentaje de incapacidad que afecta al trabajador víctima de un accidente o enfermedad del trabajo y establecer su vinculación causal con el siniestro, constituyen atribuciones privativas de los jueces de trabajo, y las conclusiones que al respecto formulen no son revisables en la instancia extraordinaria, salvo la efectiva demostración de absurdo... En ese caso, resulta de aplicación la doctrina de esta Corte que tacha de insuficiente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley si las apreciaciones que en él se vierten no van más allá de los disentimientos personales o de la exteriorización de un criterio meramente discrepante con el del juzgador, sin rebatir adecuadamente las esenciales motivaciones del fallo..."

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido, con el alcance establecido en el punto II.2.b. del voto emitido en segundo término. En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que obre de conformidad con lo aquí resuelto. Las costas se imponen en el orden causado, en atención al progreso parcial del recurso (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto mayoritario resolvió hacer lugar parcialmente al recurso únicamente en cuanto a la adecuación de la responsabilidad por costas al límite del 25% previsto por la ley 24.432 (art. 277 LCT y art. 505 Cód. Civ. / art. 730 Cód. Civ. y Com.), mientras que rechazó los agravios relativos a la fijación del grado de incapacidad, al cálculo del ingreso base, al reconocimiento y monto del tratamiento psicológico y a la cuantía de la indemnización. El voto de De Lázzari sostuvo el rechazo íntegro; Soria, Kogan, Pettigiani y Genoud votaron por prosperar parcialmente en cuanto a las costas.

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