Sorli, Adriana N. contra 'Provincia A.R.T. S.A.'. Accidente de Trabajo - Acción especial
La actora promovió acción especial por accidente de trabajo contra Provincia A.R.T. S.A. El Tribunal hizo lugar al recurso extraordinario, declaró inconstitucional la ley provincial 14.399 y revocó la aplicación de la tasa activa, disponiendo que los intereses se liquiden con la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires para depósitos a 30 días.
¿Quién es el actor?
Adriana Noemí Sorli.
¿A quién se demanda?
"Provincia A.R.T. S.A." (representada por Fiscalía de Estado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo y accesorios (intereses).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada respecto de la tasa de interés aplicada; se declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.399; se revocó la parte de la sentencia de grado que aplicó la tasa activa prevista por la ley provincial y se ordenó que los intereses se liquiden conforme a la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a 30 días (tasa pasiva). Los autos vuelven al tribunal de origen para nueva liquidación. Costas de esta instancia por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"IV. A tenor de lo resuelto, corresponde hacer lugar al recurso extraordinario traído, declarar la inconstitucionalidad de la ley 14.399 y revocar la sentencia atacada en cuanto dispuso -en violación a la doctrina legal vigente- la aplicación de una tasa de interés diferente a la establecida por esta Corte para casos similares, debiendo los autos volver al tribunal de origen a fin de que practique la liquidación que corresponda de conformidad con lo aquí resuelto.
Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68 y 289 del C.P.C.C.)."
"d. La modificación introducida por la ley 14.399 lleva a examinar si una norma provincial puede regular los intereses por la mora en el pago (en el caso concreto, de créditos de índole laboral); o, en su caso, constituye una de las 'leyes especiales' a las que se hace referencia en el mencionado art. 622.
Puesto en esa tarea, considero que la disposición analizada involucra aspectos inherentes a la relación jurídica entre acreedor y deudor laboral (los efectos de la mora en el cumplimiento de la obligación sustancial de abonar créditos emergentes del contrato de trabajo), que son propios de aquellas materias que las provincias han resuelto delegar de manera expresa en el gobierno federal (art. 75 inc. 12, Constitución nacional), y por tanto, privativas del poder legislativo nacional (arts. 126, 31 y ccdtes. de la Constitución nacional; fallos 320:1344; 311:1795; 275:254; 256:215, entre otros).
... Por las razones expuestas, fundo mi opinión en el sentido que la ley provincial analizada se encuentra en pugna con la Constitución nacional (arts. 31, 75 inc. 12, 126 y cctes.), en tanto legisla sobre una materia de derecho común cuya regulación es competencia del Congreso de la Nación."
Sentencia (bloque dispositivo):
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído, se declara la inconstitucionalidad de la ley 14.399 y se revoca el pronunciamiento de grado en cuanto juzgó aplicable la tasa activa para el cálculo de los intereses adeudados, los que deberán liquidarse con arreglo a la que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de depósito a treinta días, vigente al inicio de cada uno de los períodos comprendidos.
Vuelvan los autos al tribunal de origen para que practique una nueva liquidación de conformidad con lo que aquí se ha resuelto.
Costas de esta instancia por su orden en atención a las dificultades interpretativas provocadas por la ley 14.399 (arts. 68 y 289 del C.P.C.C.)."
(Se consignan los votos concurrentes y la mayoría que integró el acuerdo, conforme al dispositivo final.)
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Leyes que cita
- Ley 14.399 de Buenos AiresModifica el artículo 48 de la ley 11653, ley de procedimiento ante los tribunales laborales
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