Sosa, Norma Isabel contra Berkley Internacional ART S.A. .Materia a categorizar.
La actora reclamó prestaciones dinerarias por fallecimiento bajo la ley de riesgos del trabajo (leyes 24.557 y 26.773) por el deceso de su cónyuge. La Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley porque el tribunal de grado razonó fundadamente que la aseguradora asumió el régimen de la ley 26.773 y la cuantía reclamada, y la impugnación no acreditó vicio de absurdo ni gravámenes nuevos.
¿Quién es el actor?
Norma Isabel Sosa, en su carácter de cónyuge del señor Leonardo Fabio Zubiri.
¿A quién se demanda?
Berkley International ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias de pago único por fallecimiento conforme a las leyes 24.557 y 26.773 (reclamo autosatisfactivo). Importe fijado en primera instancia $1.324.244 (sin computar depósito previo de $300.000 en expediente conexo).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora y se confirmaron las conclusiones de mérito del tribunal de primera instancia; condena por prestaciones por fallecimiento y costas a la demandada. Voto por la negativa en forma unánime.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal de trabajo interviniente hizo lugar a la 'demanda de medida autosatisfactiva' ... y condenó a Berkley International ART S.A. a abonar la suma que especificó en concepto de prestaciones por fallecimiento (conf. leyes 24.557 y 26.773)." (I)
"La propia aseguradora envió una carta documento dirigida a los familiares del señor Zubiri ... en la cual reconoció el carácter laboral del siniestro denunciado y requirió -conforme el art. 53 de la ley 24.241- que acreditaran la calidad de derechohabientes, ajustando su conducta explícitamente a lo establecido en la ley 26.773" (I).
"La apreciación de las circunstancias del caso, la valoración del material probatorio ... y la evaluación de los comportamientos asumidos por las partes ... constituyen potestades privativas de los tribunales de trabajo, excluidas en principio de la revisión extraordinaria, salvo que se demuestre que el razonamiento del tribunal de grado está viciado por absurdo ... En la especie, sin esgrimir la existencia del mencionado vicio, afirma el interesado que la interpretación efectuada por el tribunal de origen resulta criticable ... la crítica alude tan sólo parcialmente a los fundamentos que llevaron al a quo a la decisión impugnada, a la vez que traduce la mera discrepancia del recurrente sobre algunos de los aspectos que la estructuran." (III.1.d)
"Entonces, permaneciendo firme la conclusión del tribunal relativa a que la aseguradora asumió 'libre, espontánea y oportunamente' el régimen legal (ley 26.773) y las cuantías resarcitorias reclamadas, pierde virtualidad el planteo por el que se pretende que se revoque la aplicación de dicha normativa que, para más, fue introducido recién en el recurso, resultando por ello novedoso e improcedente." (III.2)
¿Cómo votaron los jueces?
"se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído; con costas (art. 289, CPCC)."
(Se consignan los párrafos textuales que integran los fundamentos esenciales de la decisión de la mayoría; no existen votos contradictorios relevantes en el acuerdo.)
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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