Mozzi, Claudia Noemí y otro/a contra Sociedad Escolar Alemana de Villa Ballester Asociación Civil. Diferencias salariales.
Grupo de docentes reclamó diferencias salariales por jornada extendida, antigüedad, horas a disponibilidad y multa del art. 9 L. 24.013 contra la Sociedad Escolar Alemana de Villa Ballester. La Corte rechazó los recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley, considerando improcedentes las cuestiones fácticas y no acreditada la violación de la doctrina legal provincial o constitucional invocada.
¿Quién es el actor?
Un grupo de docentes (relacionados arriba) promovió demanda laboral por diferencias salariales por jornada extendida, antigüedad, hora a disponibilidad e indemnización prevista en el art. 9 de la ley 24.013.
¿A quién se demanda?
Sociedad Escolar Alemana de Villa Ballester Asociación Civil.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de diferencias salariales por jornada extendida (período abril 2010 - octubre/noviembre/diciembre 2012 según alegatos), antigüedad, horas a disponibilidad y multa del art. 9 L. 24.013.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley interpuestos por las actoras; se confirmó la negativa del tribunal de grado en lo esencial (con condena parcial sólo respecto de la multa a la Sra. Yanela Maya Esquivel en primer grado). Se impusieron costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El planteo introducido por las accionantes no es idóneo para determinar la anulación del pronunciamiento de grado, toda vez que -contrariamente a lo alegado- el tópico que denuncia como preterido (el pago de la jornada extendida invocada) ha sido examinado y resuelto por el órgano jurisdiccional de origen ... sin que importe a los fines del remedio procesal intentado el acierto o mérito de la decisión."
"Si bajo la denuncia de nulidad del pronunciamiento en realidad los agravios que porta el recurso extraordinario se sustentan en el cuestionamiento a la forma en que el juzgador resolvió la contienda, lo que constituye la imputación de típicos errores in iudicando, ajenos al carril intentado y propios del de inaplicabilidad de ley, el recurso de nulidad debe ser rechazado."
"Con arreglo a reiterada doctrina de esta Corte, las limitaciones establecidas por el citado precepto legal -para la concesión del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley- no vulneran derechos o garantías constitucionales ... la admisibilidad del recurso traído sólo podrá justificarse en el marco de la excepción que contempla el art. 55 primer párrafo última parte de la ley 11.653."
"La denuncia de violación de las únicas doctrinas que se indican en el recurso ... no lo abastecen, en tanto fueron elaboradas sobre la base de presupuestos fácticos disímiles a los que se ventilan en autos."
(Se consignan como relevantes los párrafos anteriores por contener la motivación central: improcedencia de la nulidad por tratarse de cuestión de fondo/fáctica y rechazo del recurso de inaplicabilidad por falta de admisibilidad y por no invocar doctrina legal de esta Suprema Corte aplicable al caso.)
¿Cómo votaron los jueces?
El acuerdo fue unánime; los Dres. Negri, Genoud, de Lázzari y Soria votaron por el rechazo de ambos recursos.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
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